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Desde hoy las extranjeras que denuncien malos tratos no serán expulsadas

Por Redacción
29/07/2011 - 21:04

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Búscome no cree en un “efecto llamada”. Pide que se incluya a las transfronterizas en la ley “porque siguen desprotegidas”

La reforma de la Ley de Extranjería protegerá más a las víctimas. Hoy entra en vigor la modificación de los artículos 31 bis y 59 bis de la Ley de Extranjería, lo que supone que a partir de entonces no se incoará expediente administrativo sancionador a extranjeras en situación irregular que sean víctima de violencia de género y denuncien a su agresor.
Hasta ahí todo bien porque “la medida supone una mayor protección por encima de todo y lo importante es proteger a esas mujeres”, explica la presidenta de Búscome, Sandra López. Pero en Ceuta y Melilla el problema sigue sin resolverse realmente.  “Tenemos a las transfronterizas y son muchas, algunas también sufren maltrato, incluso en territorio español, pero al no ser extranjeras sino transfronterizas, no entran en la norma”, apunta. “Es una mujer en situación irregular pero no es ilegal, sino transfronteriza”. Por ello, solicitan que que “la ley añada un apartado en el que se las incluya porque eso sería lo justo y no consentir que exista este vacío legal”.
El objetivo de la reforma es establecer unas condiciones legales más propicias a las inmigrantes que se atrevan a denunciar a sus agresores, según señala el preámbulo de la Ley. Las extranjeras maltratadas podrán solicitar una autorización de residencia y trabajo por circunstancias excepcionales a partir del momento en que se dicte una orden de protección a su favor o un informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de violencia de género. Dicha autorización no se resolverá hasta que concluya el procedimiento penal.
También podrá solicitar un permiso de residencia para sus hijos menores de edad o con discapacidad y de trabajo en caso de que fueran mayores de 16 años y se encuentren en España en el momento de la denuncia. De esta manera, cuando la mujer decida acogerse al período de 30 de días de reflexión para decidir si colabora, se amplía la protección no sólo a hijos y familiares sino también a personas de su entorno que se puedan ver afectadas por la decisión de denunciar.
Sobre el posible “efecto llamada”, Búscome ha querido dejar claro que “no creemos que vaya a existir porque si son o no denuncias falsas, es el juez el que debe decidirlo y determinarlo pero no hay que ponerlo en duda. Son pocas las que se atreven a denunciar y las que llegan incluso a conseguir los recursos de protección por no tener recursos ni para traducir el papeleo pertinente”, aclara.

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