La Sala de lo Contencioso de la Audiencia Nacional ha desestimado el recurso presentado por una marroquí residente en Cataluña a la que se le denegó la nacionalidad por residencia. Entiende el tribunal que queda suficientemente probado su escasa integración en base “a un desconocimiento institucional y cultural básico”. Y es que la protagonista de este asunto a pesar de hablar perfectamente el español y entenderlo, hablar algo de catalán y haber hecho varios cursos formativos, erró en una serie de preguntas que la Sala considera claves. No sabía cuáles eran los derechos y deberes de los españoles, tampoco quién es el presidente de Cataluña, el baile típico de esta Comunidad ni que Ceuta es España. De hecho cuando se le preguntó sobre la ciudad dijo que es marroquí.
“No existe un grado mínimo de integración en la sociedad y cultura española”, se argumenta en la sentencia a cuyo contenido ha tenido acceso este periódico.
La recurrente, con marido nacionalizado y dos hijas nacidas en España y con su nacionalidad, dijo que al estar embarazada “no se encontraba en plenas facultades” por lo que no respondió correctamente al 100% de las preguntas.
"Es injustificable el desconocimiento del país del que quiere ser nacional"
“Nada aporta al caso la situación de embarazo”, replica la Sala, “ya que dicha condición no se ha acreditado que, en la generalidad del sexo femenino ni en el particular de la actora, venga a suponer una especial limitación intelectiva”.
Si bien es cierto que la mujer no tiene problemas con el idioma, sí que “presentaba un desconocimiento, al nivel más básico, de nuestro país, de las instituciones y del sistema político pese a que inició su residencia legal en España en el año 2000” y ya en ese periodo llevaba once años en el país. “Pese a haber realizado actividad laboral regularizada por cuenta ajena, actividad formativa, tener carné de biblioteca... circunstancias que hay que presumir que impulsan la implicación en la sociedad en la que se vive, es contundente su desconocimiento” a pesar de habérsele hecho el examen más básico posible. Desconocía incluso qué es la Constitución “o la estructura política y territorial española” al haber afirmado que Ceuta es Marruecos. “Es injustificable e inaceptable el desconocimiento del país del que se pretende ser nacional”, concluye la Sala.
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