La Delegación del Gobierno en Ceuta ya ha solicitado al Área de Menores de la Ciudad Autónoma los informes individualizados de alrededor de 220 niños migrantes solos llegados a la ciudad autónoma durante la avalancha migratoria de mediados de mayo que permanecen acogidos por la administración local.
Fuentes de la institución de la Plaza de los Reyes han explicado que hasta que no dispongan de esos dictámenes no pedirán al país vecino los que el Reglamento de la Ley de Extranjería exige recabar antes de incoar el procedimiento de repatriación propiamente dicho.
Después de intentar regatearla en agosto para ejecutar devoluciones por la vía rápido al margen de la legislación, Mateos, que es la competente, ha dado el primer paso establecido en la normativa, que prescribe requerir “cualquier información sobre la situación del menor” no acompañado de la entidad que tenga atribuida la tutela legal, custodia, protección provisional o guarda.
La delegada también debe solicitar a Marruecos, a través de la Comisaría General de Extranjería y Fronteras, un informe individual sobre “las circunstancias familiares” de cada niño en su país de origen, aunque en este caso se contempla reemplazar ese contenido por otro “relativo a sus servicios de protección del menor.
Solo si a la vista de ambos documentos se estima que “el interés superior del menor se satisface con la reagrupación familiar o su puesta a disposición de los servicios de protección de su país de origen”, algo que tanto la Delegación como el Gobierno de la Ciudad han venido dando por hecho de forma global, procedería iniciar los expedientes de repatriación propiamente dichos.
En ese caso el acuerdo de incoación del procedimiento tendrá que ser notificado “inmediatamente” a cada menor, al Ministerio Fiscal y al Servicio de Protección a la Infancia de la Ciudad, que durante diez días hábiles tendrán la posibilidad de “formular cuantas alegaciones de hecho o de derecho consideren oportunas, así como proponer pruebas.
Los niños tendrán derecho a que les sea nombrado un defensor judicial en caso necesario, así como a ser oídos antes de resolver si mirando por su interés superior lo mejor es que vuelva a su país, que permanezca en territorio nacional o su reagrupación en un tercer país, que son las tres opciones posibles.
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