Defensa se lava las manos por el conflicto de PROMAN con su plantilla en la ciudad

  • El Ministerio afirma que todo incumplimiento sería “imputable a la empresa” contratista

El Ministerio de Defensa se ha desmarcado rotundamente de cualquier responsabilidad por los conflictos de la empresa ‘PROMAN Servicios Generales’ con su plantilla en la ciudad autónoma. En su respuesta a una pregunta de la diputada socialista Zaida Cantera, que interpeló al Gobierno de Rajoy por la presunta vulneración de los derechos de los trabajadores por la concesionaria de diferentes servicios en el Club Infanta Elena, en el Casino Militar y los Jardines de la Hípica, el Ministerio ha subrayado que a fecha de 1 de septiembre de 2016 ya no mantenía “ninguna relación contractual” con esa sociedad. Por un lado, porque expiró el lote 2 del Acuerdo Marco de Servicios de Seguridad y Control sin que el órgano de contratación competente, la Junta de Contratación del Ministerio, los prorrogase.

Por otro, Defensa defiende que “todos los contratos basados firmados en su día con la comercial cuestionada se elaboraron con estricta sujeción, como no puede ser de otra manera, tanto a lo dispuesto por la legislación en materia de contratos públicos como a los términos recogidos en el citado Acuerdo Marco”. Así las cosas, desde Defensa se entiende que “no mantiene ningún vínculo laboral ni de ningún otro tipo con los trabajadores de las empresas contratadas, con lo cual de llegar a producirse algún presunto incumplimiento de la normativa laboral o de los derechos de los trabajadores, éste será directamente imputable a la empresa que ha cometido la infracción y que tiene contratados a su servicio a los trabajadores afectados”.

“En todo caso”, alega en su respuesta a la parlamentaria socialista, “cualquier presunta vulneración de los derechos de los trabajadores o de la normativa laboral puede ser denunciada ante la Inspección de Trabajo y Seguridad Social”.

El Ministerio de Defensa dice que “colabora” con dicha Inspección en su actuación respecto a las empresas contratistas  con arreglo a los establecido en la normativa por la que se aprobó la instrucción sobre ordenación de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en empresas que ejerzan actividades en centros, bases o establecimientos militares.

 

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