Y.E. y M.N. han sido condenados por la magistrada del Juzgado de lo Penal número 1 a cumplir, respectivamente, cuatro y dos años de prisión, así como a una multa de 5.700 euros por arrollar a un policía local con una motocicleta, concurriendo así en un delito leve de lesiones y otro contra la seguridad vial, con la agravante de reincidencia y el uso de vehículo a motor.
Los hechos transcurrieron el 24 de julio en el Príncipe Alfonso. Varios agentes de la Policía Local fueron informados de la presencia de dos personas que circulaban en moto de manera temeraria, poniendo en riesgo a peatones y vehículos.
Tras dirigirse al lugar les dieron el alto, aunque los jóvenes continuaron su marcha acelerando hacia uno de los agentes, que tuvo que esquivar al vehículo para no ser atropellado, pese a lo cual fue alcanzado en una pierna, provocando tanto su caída como la de la moto y sus ocupantes.
En la sentencia, a la que ha tenido acceso El Faro de Ceuta, se constata que las lesiones sufridas por el agentes y descritas en el informe forense, son compatibles con los testimonios de los policías, mientras que los acusados presentaron una declaración contradictoria en la que insistieron en que la moto se encontraba aparcada y que fueron los agentes los que se lanzaron de forma sorpresiva sobre ellos para detenerlos.
Por otra parte, la sentencia alude a las testimoniales de los vecinos que en la vista oral “se limitaron a reproducir la versión de los acusados” y que “contrasta con la ofrecida por los agentes”, además de que, en ningún momento, fueron mencionados por los acusados en el proceso de Instrucción o en el escrito de defensa.
Otras contradicciones recogidas en la sentencia aluden a las declaraciones, tanto de los acusados como de los testigos, que mostraron testimonios contradictorios sobre su exacta ubicación en el momento de los hechos. Además, los testigos fueron “parcos en detalles y se mostraron nerviosos” ante las preguntas de la Fiscalía, no sabiendo concretar cuando y cómo apareció la Policía o el orden de llegada de los jóvenes que fueron testigos de los hechos.
La magistrada también considera probada la resistencia de Y.E. y M.N. a la detención, empleando manotazos y patadas, lo que hizo necesaria la intervención de otros agentes. Por otra parte, la magistrada ha ordenado deducir testimonio de la sentencia, a fin de que el Juzgado de Instrucción investigue la posible comisión de un delito de falso testimonio por parte de los testigos.