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Cumplirá un año de prisión por el robo de 20.900 euros en Bankia

El acusado reconoció su adicción a las drogas y que gastó el dinero en estupefacientes

La magistrada del Juzgado de lo Penal número 1 ha condenado a K.L. a un año de prisión por un delito de hurto que se produjo el pasado 12 de junio en la entidad Bankia, de donde sustrajo la cantidad de 20.900 euros.

Aunque el acusado no compareció en la vista oral, reconoció los hechos en el Juzgado de Instrucción, donde declaró que no fue al banco con la intención de robar, sino que, por el contrario, la sucursal se encontraba abierta y fue a cobrar su pensión, pero que al ver cierta cantidad de dinero, la cogió.

En la misma declaración el acusado reconoce su adicción a las drogas, así como el hecho de no tener en su poder esa cantidad, al haberla gastado en adquirir sustancias estupefacientes.

La sentencia recoge las declaraciones del director de la sucursal bancaria, quien relató que uno de los trabajadores le había telefoneado para comunicarle que alguien había entrado en el banco. Durante la vista aseguró que habían enviado las grabaciones de las cámaras de seguridad a la Policía y que a través de dichas imágenes, pudo identificar al acusado.

Por su parte, el empleado de Bankia aseguró que no vio al acusado entrar en la sucursal, cuya puerta se encontraba cerrada. El sobre que portaba el dinero se encontraba en un mostrador ya que el trabajador pretendía cargar los cajeros para el día siguiente. Fue entonces cuando se percató de que el sobre había desaparecido y el acceso a la sucursal estaba abierto. El testigo no supo explicar cómo se había introducido el acusado en la entidad bancaria, pese a que la puerta estaba cerrada.

En la sentencia se recoge que, conforme al marco penal por el que se establece de seis a 18 meses de prisión por el delito de hurto, al acusado se le impone un año en base al importe sustraído y al historial delictivo, con 29 condenas, todas ellas por robo, a excepción de una por tentativa de homicidio y tenencia ilícita de armas. La magistrada no impone el límite máximo estipulado por el Código Penal, atendiendo a la simplicidad de la dinámica del robo: llevarse un sobre de la mesa de la entidad bancaria.

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