La Consejería de Educación y Cultura ha publicado en el Boletín Oficial de la Ciudad (BOCCE), en su edición del viernes, 16 de febrero, la convocatoria de subvenciones a proyectos educativos y socioculturales de la comunidad islámica de Ceuta. En total, la Consejería que dirige Javier Celaya destinará a ello 65.000 euros.
El objeto de la convocatoria es desarrollar proyectos o actividades educativas o socioculturales cuya finalidad sea fomentar la participación, y ampliar los recursos existentes, para cubrir necesidades que impulsen el avance de los principios sociales básicos en una sociedad multicultural.
Las solicitudes, que están disponibles en la sede electrónica de la Ciudad, podrán presentarse en las oficinas de Registro de la Ciudad. Se admitirá una sola petición por persona o entidad a la que corresponderá un único proyecto. El plazo de presentación es de 15 días hábiles a contar desde la publicación en el BOCCE.
Tal y como establecen las normas reguladoras de esta convocatoria, podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las entidades que estén legalmente constituidas y con domicilio social en Ceuta; y si se trata de personas físicas, será requisito haber cumplido la mayoría de edad y residir en Ceuta.
Además, y en todos los casos, será imprescindible la redacción de un proyecto o programa de actividad de refuerzo y apoyo educativo o sociocultural; carecer de ánimo de lucro, no ser beneficiario de ninguna otra subvención por parte de la Consejería de Educación y Cultura; disponer de medios y capacidad suficiente para la ejecución del objeto de la subvención; hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y respecto a la Seguridad Social; y haber justificado las subvenciones recibidas con anterioridad por la Ciudad.
La resolución del procedimiento se llevará a cabo por la Consejería de Educación y Cultura. La misma se dictará en el plazo de seis meses, como máximo, contados desde la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Se valorará especialmente el contenido, relevancia y calidad del proyecto o actividad en función de los objetivos planteados. La cuantía de la subvención no podrá exceder el 75% de los gastos de ejecución de la actividad o proyecto.
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