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Cuidado con los borradores de la Renta: conozca cómo evitar sanciones

A propósito del inicio de la Campaña de la Renta 2023-2024, la Asociación Española de Consumidores hace un llamamiento a todos los contribuyentes, incluyendo los de Ceuta, a revisar detenidamente los borradores “tras inexactitudes en años anteriores”.

La principal recomendación que hacen es “acudir a expertos en fiscalidad para comprobar dichos borradores y garantizar que se nos aplique la declaración de IRPF que nos corresponda”.

Han recordado que este miércoles 3 de abril se inicia una nueva Campaña de la Renta, por lo que desde ya pueden ser confirmados los Borradores de Declaración que la Agencia Tributaria ofrece a través de Internet.

Desde la Asociación Española de Consumidores han insistido en la necesidad de verificar dicho documento “y a ser posible con una persona experta en fiscalidad habida cuenta de los errores y omisiones que en años anteriores se han producido en dichas simulaciones”.

Sanciones por omisión de datos

En este sentido, han explicado que la omisión de ciertos datos esenciales en la Declaración de la Renta “podría implicar una posible sanción hacia el ciudadano que piensa que esos datos que tiene Hacienda son los correctos”.

Sobre otros escenarios, han indicado que también “se puede dar el caso de que ciertas deducciones no se incluyan y se esté perdiendo alguna devolución mayor o un menos pago en la declaración de la renta”.

Por estas razones, lo que han aconsejado es “no dejar para el final la presentación de la Declaración de la Renta con el fin de obtener detenidamente dicho asesoramiento”.

Hay que recordar que la declaración de la renta y del impuesto de patrimonio correspondientes a 2023 se pueden presentar a partir de este miércoles 3 de abril por internet, tanto a través del programa Renta Web como de la aplicación móvil de la Agencia Tributaria.

En función de lo que establece el calendario de la Agencia, desde este miércoles los contribuyentes pueden acceder al borrador de la liquidación de IRPF para modificarlo o confirmarlo, previa identificación con certificado electrónico, Cl@ve PIN o número de referencia.

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