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El convenio de Obimasa no puede aprobarse como exigen UGT y PSOE

La Secretaría General de la Asamblea de Ceuta ha emitido un informe sobre el borrador del nuevo convenio colectivo que UGT y PSOE exigen aprobar sin cambiar “ni una coma” para Obimasa.

A su juicio, como ya habían advertido los técnicos encargados en primera instancia de su fiscalización, el texto no puede prosperar si no se cambia el número de horas de jornada laboral semanal (35) y se suprime “la relación de personal de la sociedad con pluses y nueva clasificación en el caso de que esta sea automática y sin procedimiento previo”.

Tanto el sindicato mayoritario como los socialistas se han plantado en la redacción inicial, que establece una jornada laboral de 35 horas semanales sin matices, un plus de 50 euros semanales por trabajar en horario matutino (el ordinario en la empresa) y una nueva estructura organizativa en la que se endosan hasta dos saltos hacia arriba a algunos trabajadores con nombre y apellidos.

Los técnicos encargados de su supervisión legal advirtieron de que así no podía salir adelante, pero UGT alegó que cosas iguales se han acordado en otras sociedades y organismos. El PSOE abanderó también la legitimidad de la posición de los ugetistas.

La Secretaría General ha encontrado más pegas, aunque sean formales, entre ellas que para acceder al Grupo A no debe exigirse “licenciatura, arquitectura o ingeniería”, sino denominaciones “actualizadas” como “título universitario de Grado”.

Sobre la jornada laboral, la Secretaría General recuerda que actualmente en el sector público debe suponer “un promedio semanal de 37,5 horas sin perjuicio de las jornadas especiales existentes o que, en su caso, se establezcan”, al menos hasta que se aprueben los Presupuestos Generales del Estado de 2023 “u otra norma de rango legal” que establezca otra cosa.

El dictamen admite los pluses pactados, entre ellos el acordado por trabajar exclusivamente por las mañanas, porque “son conceptos retributivos muy específicos de la empresa que pueden ampararse en el acuerdo de voluntades entre esta y la representación de los trabajadores”, pero rechaza la relación de personal “con pluses asignados y encuadrados en las categorías establecidas en el convenio”.

“Esta relación no tiene necesariamente que formar parte del convenio y no debería ser objeto de publicidad en el BOCCE por contener datos de carácter personal con datos económicos directos”, opina la técnica, que también avisa de que “si en esa relación se produce algún cambio directo en la clasificación de algún trabajador, la aprobación automática no implica la adquisición automática de una nueva categoría profesional porque, en aplicación de los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad que rigen el acceso a todo empleo público, deberán tramitarse en Obimasa con carácter previo los procedimientos de promoción legalmente establecidos”.

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