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El Contencioso da la razón a CCOO tras denunciar el reglamento del teletrabajo de la Ciudad

Durante el confinamiento y posteriormente con el paso a la nueva normalidad fue fundamental el teletrabajo. Muchos fueron los trabajadores del Ayuntamiento de Ceuta que se acogieron a este recurso, aunque en la actualidad ya solo sean "unos 12 funcionarios" de la administración local los que trabajan mediante esta opción. Sin embargo, la normativa a este respecto está "anticuada". Así, lo ha asegurado a El Faro de Ceuta Yolanda Díaz, presidenta del Comité de empresa del Ayuntamiento que ha insistido en que la normativa correspondiente al teletrabajo es la que recoge el BOCCE de diciembre de 2015 y con la pandemia se hizo necesario regularlo con respecto a la nueva normativa estatal que es el Artículo 47 bis y el decreto ley 28/2020 que establece que las tareas deben ser llevadas a cabo por el empleado, a la distancia, es decir, fuera de las oficinas.
"Esta normativa lo que pretendía es la modernización de las Administraciones implementando una nueva forma de organización del trabajo en el ámbito del sector público que mejorara la prestación del servicio y favoreciera el bienestar entre los trabajadores públicos. Esto hizo que la Ciudad nos llamara hasta en dos ocasiones para negociar una nueva regulación del teletrabajo. Desde Comisiones Obreras presentamos una serie de propuestas y un borrador de reglamento para que se sumara a la propuesta de la Administración y hacer entre todos los participantes en la Mesa Sectorial un debate real y que desembocara en un nuevo reglamento ambicioso y actualizado con respecto a las situaciones actuales y todos los escenarios que se dieron durante la pandemia", ha explicado. Sin embargo, esa mesa de negociación no se produjo, pero sí la actualización del reglamento aunque sin incluir las propuestas de las principales organizaciones sindicales en Ceuta. "Lo que hicieron es aprobarlo el 17 de noviembre de 2020 pero es un corta y pega del que ya teníamos en 2015 con muy pocas variaciones", ha continuado. Por ello, el sindicato Comisiones Obreras decidió llevar este asunto a los juzgados. El pasado 4 de marzo CCOO de Ceuta recibió la sentencia "favorable en parte" del Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Ceuta tras la denuncia del sindicato por "negar la Administración Local el teletrabajo al personal con funciones sanitarias, personal con funciones docentes y centros docentes", recogido en el artículo 2 del decreto. La sentencia estima la denuncia por "haber sido incapaz, la Administración Local, de concretar y justificar la negativa a éstos colectivos laborales", de los "más cruciales durante la pandemia como han sido los administrativos, los rastreadores, los docentes y los trabajadores en el campo del agua", para ejercer sus funciones a través de la modalidad del teletrabajo aludiendo al concepto de "necesidad de servicios". Una cuestión que califica la magistrada de "concepto indeterminado", según la jurisprudencia. Para CCOO es una importante que esta sentencia les haya dado la razón y advierte a la Administración Local de que no puede utilizar la "necesidad de servicio" para organizar "a su antojo el trabajo", sino que "debe concretar y argumentar las decisiones que adopta en relación a la organización del trabajo, más cuando afecta al derecho de los trabajadores".

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