Colaboraciones

¿Y si el Constitucional no “constituciona”?

Siempre he creído que el afán de nombrar a los miembros del TC entre personas más ligadas al ámbito de la política que a las propiamente dedicadas a la Justicia, ha sido simple y llanamente por el manoseo de lo previsiblemente delictivo en el próximo futuro de los dirigentes políticos . Ni siquiera en la Constitución de la II República de 9 de Diciembre de 1931, el denominado Tribunal de Garantías Constitucionales admitía necesariamente personas dedicadas a impartir Justicia. Según el art. 122 la composición de ese tribunal era “Un presidente designado por el Parlamento sea o no Diputado. El presidente del alto cuerpo consultivo. El presidente del Tribunal de Cuentas. Dos diputados libremente elegidos por las Cortes. Un representante por cada una de las Regiones españolas, elegido en la forma en que determine la ley. Dos miembros nombrados electivamente por todos los Colegios de Abogados. Cuatro profesores de la Facultad de Derecho designados por el mismo procedimiento entre todas las de España”. Este tribunal tenía competencias para poder juzgar al Jefe del Estado, del Gobierno y a sus ministros y al Presidente del Tribunal Supremo. Así en el art.85 de esa Constitución republicana, reza: “El Presidente de la República es criminalmente responsable de la infracción delictiva de sus obligaciones constitucionales. El Congreso, por acuerdo de las tres quintas partes de la totalidad de sus miembros, decidirá si procede acusar al Presidente de la República ante el Tribunal de Garantías Constitucionales”. Como vemos, envuelven ese Tribunal de Garantías ampulosamente como tribunal de tribunales para a continuación trufarlo de políticos que obedecerán las órdenes de los jefes de los partidos políticos.
Ha podido ser diferente en la CE de 1978, y lo único que ha sucedido, aparte del sujeto de control al ser una Constitución diferente, es una reducción en el número de miembros del TC, pero siguiendo la directrices políticas. El hecho de que el TC no esté incluido dentro del Título VI relativo al poder judicial y lo esté en el IX ocupado exclusivamente del TC indica claramente la idea de los legisladores de aislar este tribunal aupándolo por encima del Supremo. ¿Por qué se quiso un tribunal político formado por jueces, magistrados, funcionarios y profesores con más de quince años de profesión en vez de una Sala de lo Constitucional integrada en el Tribunal Supremo?, por la obsesión en el control del mismo. Si hubiera sido una Sala del Tribunal Supremo sus miembros serían magistrados de carrera y llegarían a esa Sala por méritos propios dentro de la Judicatura. Naturalmente el CGPJ , si ese fuera el caso, como ejerce funciones de gobierno del Poder Judicial con la finalidad de garantizar la independencia de los jueces en el ejercicio de la función judicial frente a todos, debería ser reformado y debería estar compuesto, también solamente por magistrados. El no haberlo hecho así indica la debilidad de los ponentes de ese Título de la Constitución ante las amenazas de los nacionalistas, su verdadera razón, para acercarlos al fuego constitucional. Algo que no se ha conseguido. Justamente todo lo contrario.
Posteriormente esa reforma de la CE ha podido realizarse al ver la deriva que ha tomado ora el TC, ora el CGPJ. Sin embargo nunca los dirigentes de los dos grandes partidos han tenido el menor interés en la misma. Y las consecuencias están a la vista, no creo que haya ningún país de la UE donde la corrupción de los partidos políticos se enseñoree más, sea cual sea la región donde se mire. Y al ser un común denominador, los partidos políticos piensan que la corrupción ya está amortizada en caso de nuevas elecciones, o dicho de otra manera, pueden seguir corrompiéndose porque no serán castigados por el electorado y ni siquiera por el TC. Claro que el delito de corrupción tampoco aparece en el Código Penal.

“Siempre he creído que el afán de nombrar a los miembros del TC entre personas más ligadas al ámbito de la política que a las propiamente dedicadas a la Justicia, ha sido simple y llanamente por el manoseo de lo previsiblemente delictivo en el próximo futuro de los dirigentes políticos”

Tiempo atrás, hubo crédulos que pensaban que después de los primeros errores del TC, como fueron las sentencias de Rumasa, hurtándole el patrimonio en litigio a un particular , de la LOAPA, por el que se podían organizar la administración territorial con un cierto sentido de estado, subordinación y disciplina , en vez de la orgía anárquica en la que nos encontramos , y la de la aceptación del partido Herri Batasuna (hoy Bildu), como partido constitucionalista, en contra de la sentencia del Supremo,( Sentencia 136/1,999 de 20 de Junio que declara la nulidad de la sentencia nº 2/1997 de 29 de Noviembre de 1997 dictada por la Sala Segunda del Tribunal Supremo) lo que en mi opinión han sido los fallos más graves y con consecuencias más duradera ocasionadas por este tribunal político, el tribunal se desviaría hacia la senda constitucionalista. No ha sido así, el TC en la actualidad está formado por dos grupos antagónicos hasta la exasperación que aceptan los postulados emitidos por los partidos políticos más importantes dividiéndose sus miembros con la denominaciones de “progresistas” y “conservadores” y lo que es peor, parece que van a rivalizar dentro del bloque denominado progresista en ver quién es el primero que se salta la Constitución. El recurso contra el español en Cataluña donde a unos jueces del TSJC se les ocurrió inventar que el 25 % de las asignaturas en castellano era suficiente para cumplir con lo establecido en la CE, será una piedra angular de la política del nuevo TC.
Ya he escrito en otro momento lo poco responsable que me han parecido los nombramientos de los miembros designados por el Gobierno para el TC recaídos en un ex ministro de Justicia Juan Carlos Campo, que señaló en el Congreso que ”estábamos en un proceso constituyente” y firmó los indultos de los golpistas y de Laura Díaz, otro alto cargo del ministerio de la Presidencia que se opuso a la sentencia del T Supremo que obligaba a impartir del 25 % de las asignaturas en español. Pero si esto es grave, las declaraciones de las magistradas María Luisa Segoviano y María Luisa Balaguer, la primera recién llegada al TC y la segunda lleva ya seis años en esa institución y contrincante de Conde Pumpido para la presidencia del TC que se decantó en favor de este último, también célebre por sus andanzas manchándose la toga con el barro del camino en sus enjuagues con la ETA, alimentan el fuego inconstitucional. La tal Segoviano , candidata de consenso avalada por el bloque progresista y propuesta por el CGPJ en la primera entrevista concedida a un medio de comunicación al ser preguntada por su opinión acerca de si nuestra Carta Magna admite un escenario como el que plantean los separatistas catalanes al resto del Estado español, ha manifestado que está dispuesta a estudiar la posibilidad de un encaje constitucional del derecho a la autodeterminación en Cataluña. “Ése es un tema muy complejo, sumamente complejo. Es un tema con muchas aristas que hay que estudiar”, fueron las palabras de la primera mujer en liderar una Sala, la de lo Social, del Alto Tribunal. Segoviano admitió que “no hay que rechazar de entrada nada”, ningún tema o cuestión, pero acto seguido matizaba sus palabras para asegurar que la posibilidad de un debate jurídico “no quiere decir que se admita, eso hay que dejarlo muy clarito”.
Para no andar con remilgos señora Segoviano, por si acaso se le ha olvidado le recuerdo aquí el artículo 2 de la CE que impide categóricamente la autodeterminación de Cataluña y de cualquier región de España “La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles” o sea que hasta aquí usted no tiene mucho que estudiar, está meridianamente claro. Supongo que se referirá a lo también escrito en ese mismo artículo “y reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas”. Ello indica que la región catalana o la nacionalidad riojana, por ejemplo, pueden gozar del derecho de autonomía, ¿con qué extensión?, se entiende que el de las competencias de gestión que vayan obteniendo, pero en modo alguno ningún derecho de autodeterminación. Así es que señora puede irse ya al recreo a descansar. Y por favor no juegue con estas cosas que ha cargado Sánchez.
El caso de su compañera María Luisa Balaguer, no le va en atrocidad a la zaga de lo dicho por la anterior. La buena señora, vocal del órgano gracias a la promoción del PSOE andaluz, sostiene que la ley no es suficiente para gestionar un problema político con límites legales y que, en consecuencia, es legítimo soslayarla para alcanzar un bien supuestamente mayor. Es decir, la ley ya no nos sirve, el imperio de la Ley que civilizadamente nos ha conducido hasta aquí ya no sirve, retrocedamos hasta las cavernas . Pues no señora Balaguer, tampoco tiene que estudiar mucho, el imperio de la Ley , en nuestra civilización occidental , es el techo bajo el cual la sociedad vive , no se enfrenta , pacta y consigue el mayor desarrollo del orbe, por lo que debe continuar indefinidamente. Fuera de la ley, todo es barbarie, aunque a usted le parezca que en ese mundo extra legem, pueda ser más feliz, o más justo. Es una aberración y de una gran irresponsabilidad lo dicho por estas dos magistradas, ahora miembros del TC y designadas para custodiar los valores constitucionales, no para saltarse la Constitución la una y la ley en toda su extensión la otra. En esencia dos magistradas que no debieran estar en éste Tribunal ya que ante un falso planteamiento de legalidad constitucional alteran los principios constitucionales conduciéndonos al desastre al aspirar a un derecho que supere a la ley.
El presidente del TC, Pumpido tampoco es un desconocido. Siendo Fiscal General del Estado, el terrorista de ETA Otegui iba a ser encarcelado por un tal Marlaska( 16 de Mayo de 2005) prisión eludible por fianza y el terrorista sorprendido le dijo al entonces juez “¿Pero esto lo sabe Pumpido?” Después de este episodio Pumpido ha escalado el paraíso judicial llegando ahora hasta la presidencia del TC donde todavía durante tres años podrá mancharse la toga con el barro del camino.
Habrá que preguntarse si esto es casual o si ya tiene un largo recorrido y mi opinión es que esto no es un capricho de dos personas que hayan podido perder el norte. Es el camino que algunos desean y fundamentalmente la izquierda hacia la democracia popular, la ley de leyes ya no nos sirve porque hay que cambiar de raíz la sociedad y hemos de actuar libremente sin norma alguna que nos lo impida y si el mayor impedimento es la Constitución despojemos todo su interior y que quede como una gran envoltura interiormente vacía. Existe la Constitución como trampantojo pero no los principios, derechos y obligaciones que la integraban porque han sido sustituidos en la búsqueda de un poder arbitrario. La consigna es clara: el constitucionalismo es de derechas y, por tanto, debe ser desmontado. De acuerdo con Hayek “La soberanía popular es la concepción básica de los demócratas doctrinarios; significa para ellos, que el gobierno de la mayoría es ilimitado e ilimitable. El ideal democrático pensado para impedir cualquier abuso del poder se convierte así en la justificación de un nuevo poder arbitrario”.
Me temo que este Constitucional no está constituido para defender la Constitución, sino para descomponerla, pero no encuentro, apenas nadie, quien ofrezca una resistencia como sería deseable.

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