El Juzgado de lo Penal número 1 ha condenado a una mujer por considerarla criminalmente responsable de un delito de lesiones, después de que en la pasada Feria agrediera a un portero de una de las casetas cuando le instaba a salir de la misma por protagonizar un ‘moñeo’ con otra mujer. La acusada ha sido condenada a 6 meses de multa con una cuota de 6 euros diarios, es decir, 1.080, además del pago de una indemnización por las lesiones que causó al portero que será concretada en ejecución de sentencia. Por su parte el portero, que también había sido acusado de lesiones, quedó absuelto.
Los hechos a los que hace referencia la sentencia, a cuyo contenido íntegro ha tenido acceso El Faro, se remontan al pasado 5 de agosto a las 5.50 horas en una de las casetas feriales. Allí tuvo lugar una pelea entre dos mujeres (una de ellas la condenada en esta causa) que llegó a tal nivel que precisó de la actuación de dos porteros, uno de ellos el acusado. Cada uno se hizo cargo de una fémina, dado que se estaban golpeando. En este proceso la acusada, “en un alto grado de alteración y agresividad, lanzó varias patadas y manotazos” al portero terminando por causarle lesiones de las que todavía está pendiente de sanar. Fuera de la caseta, siguió peleándose con la otra mujer por lo que tuvo que intervenir la Policía Local. La historia de esa noche de Feria terminó con dos denuncias, la del portero contra su agresora y la de esta contra él (argumentó que le había hecho una llave y golpeado), los dos acusándose mutuamente de lesiones y dejando en manos de la Justicia la deliberación sobre quién estaba contando la verdad.
La magistrada del Penal número 1 ha considerado que merecía “mayor fiabilidad” la declaración del portero por ser “firme, coherente y persistente” además de haber sido corroborada íntegra o parcialmente por más testigos.
Por contra la de la condenada fue menos creíble al incurrir en “importantes contradicciones e incoherencias” ofreciendo una “declaración dubitativa, parca en detalles, limitándose a repetir un discurso aprendido”. Las lesiones que presentaba son, además, “propias de un acometimiento físico entre dos señoras que se cogen de los pelos, se arañan y manotean”, aclara. Contra esta sentencia cabe recurso.
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