El magistrado titular del Juzgado de lo Penal número 2 de Ceuta ha condenado a los acusados de constituir una trama de falsos contratos que se nutría de las gestiones hechas por una gestoría para engañar tanto a empresarios ajenos a esas contrataciones como a la propia Seguridad Social.
Una investigación de la UCRIF de la Policía Nacional permitió que se descubriera esta auténtica ingeniería del delito. De los 7 acusados, todos han sido condenados a excepción de una trabajadora de la gestoría que era ajena a lo que hacía su jefe y para la que se retiró la acusación ya en la propia vista oral.
El gestor y los beneficiados por esos contratos han recibido condenas por delitos continuados de falsedad documental, en unos de los casos, y por falsedad documental en otros. Condenas que implican cárcel y multa, aunque la entrada en prisión queda suspendida durante un periodo de tiempo en el que, de cometer otro delito, se eliminaría ese beneficio de la suspensión.
M.P.Z., responsable de la gestoría, ha sido condenado por delito continuado de falsedad documental a 2 años de prisión, pena que queda suspendida durante 3 años, así como al pago de 9 meses de multa con cuota diaria de 3 euros.
Los demás acusados, que protagonizaron contratos fraudulentos, también han sido condenados con distintas resoluciones. Al llamado A.E.A.O.Ch., implicado en un delito continuado de falsedad documental, pero a quien se aplica la atenuante de reparación del daño, se le condena a 11 meses de prisión, suspendidos por dos años, y al pago de multa de 5 meses con cuota de 3 euros diarios.
A L.M.A., por delito continuado de falsedad documental, se le impone 1 año y 9 meses de prisión, pena suspendida por 3 años, y multa de 9 meses con cuota de 3 euros diarios.
Al llamado A.A.A., por delito de falsedad documental, pena de 6 meses de prisión suspendido suspendida por 2 años, y multa de 6 meses con cuota de 3 euros diarios.
A R.B.M., por delito falsedad documental, pena de 6 meses de prisión suspendida por dos años, y multa de 6 meses con cuota diaria de 3 euros.
Y al llamado A.E., por delito falsedad documental, condena de 8 meses de prisión suspendida por dos años, y multa de 8 meses con cuota de 3 euros diarios.
Desde el Juzgado se ha remitido testimonio de la resolución a la Tesorería General de la Seguridad social con objeto de deje sin efecto cualquier ayuda y prestación pública, así como a la Oficina Única de Extranjería y a la Delegación del Gobierno para que dejen sin efecto cualquier ayuda, permiso administrativo o beneficios administrativos que, por razón de los contratos de trabajo suscritos con los empleadores, se hubieran conseguido.
Así, en sentencia a cuyo contenido ha tenido acceso El Faro, se considera probado que entre los años 2019 y 2022, M.P.Z., administrador de una gestoría de la calle Real 90, se encontraba habilitado en el sistema RED de la Tesorería General de la Seguridad Social para gestionar altas y bajas de los trabajadores de varias empresas que, a su vez, lo habían contratado a él como gestor para llevar los contratos de sus trabajadores, es decir, altas y bajas de los mismos en el sistema de la Seguridad Social.
Entre diciembre de 2019 y diciembre de 2022, a M.P.Z. le guio la intención de socavar la verdad al urdir un plan en connivencia con los demás condenados consistente en formalizar a nombre de cada uno de ellos contratos de trabajo ficticios.
Los empresarios para los que trabajaba como gestor eran ajenos a esa triquiñuela simulándose una relación laboral inexistente entre las partes a sabiendas de que los contratados no iban a prestar servicio alguno para esos empresarios. Una vez realizados de forma fraudulenta estos contratos, M.P.Z. procedería a darles de alta como trabajadores en la Tesorería General de la Seguridad Social por medio del sistema RED.
Así, formalizaba los contratos sin que esos falsos trabajadores prestaran servicio alguno. Esos contratos fueron usados para la obtención de permisos administrativos ante otros organismos oficiales y generaron perjuicio a los empresarios por cuotas generadas ante la Seguridad Social en una cuantía no determinada, aunque uno de estos acusados ha abonado 9.600 euros en concepto de reparación del daño.
En el juicio oral, los acusados -salvo uno- reconocieron los hechos delictivos que llevaron a sentarse en el banquillo de los acusados. M.Z.P. confesó ser administrador de una gestoría y que estaba habilitado en el RED, lo que le permitió gestionar las altas y bajas de los trabajadores encartados.
Esos contratos eran simulaciones que no respondían a una efectiva relación laboral y los acusados sabían que no iban a prestar los servicios laborales.
Este asunto fue una guinda más de un auténtico negocio cada vez más floreciente que se mueve en la línea del fraude. Mediante manejos de datos fiscales y sin conocimiento de empresas se procede a la práctica de contratos que servirán para que sus beneficiarios, por ejemplo, regularicen su situación.
Es la ley de la oferta y la demanda. Ya son varios los casos similares que han llegado al juzgado dando pie a sentencias condenatorias en las que, en muchos de los casos, los implicados son los mismos por lo que se está produciendo una reincidencia.
En este caso concreto se usaban empresas existentes, pero en otros se crean ficticias con altas simuladas en la Seguridad Social para, por ejemplo, beneficiar a solicitantes extranjeros que necesitan acceder a prestaciones o tienen que cumplir requisitos para optar a la nacionalidad.
Los fraudes se nutren de un público que necesita de estas gestiones para obtener beneficios laborales y evitar, por ejemplo, expulsiones del país.
A pesar de los golpes asestados por la Policía y la respuesta judicial dada, el negocio puede más y sigue estando activa la maquinaria para ejecutar esos delitos.
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