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Condenados tras estafar a varias personas vía Bizum

Dos acusados fueron condenados con penas de prisión, mientras que de el tercero se retiró la acusación

La magistrada suplente del Juzgado de lo Penal número 2 de Ceuta ha condenado a dos personas por un delito de estafa.

El acuerdo previo entre las defensas y el Ministerio Fiscal ha derivado en el dictado de las siguientes penas: en el caso de Y.M.M. ha reconocido los hechos y aceptado la pena de 6 meses de prisión; por su parte el llamado N.E.G. acepta 4 meses de prisión y respecto de M.E.F. se retiró la acusación.

Además Y.M.M. deberá abonar la cantidad de 1.498 euros en concepto de responsabilidad civil. N.E.G. abonó esa cantidad antes del juicio por lo que se le aplicó una atenuante de reparación del daño.

Los hechos se remontan al 12/04/19, cuando una persona no identificada, con ánimo de obtener un ilícito beneficio y tras llevar a cabo una manipulación informática, realizó una transferencia bancaria por medio de la aplicación Bizum por importe de 499 euros desde la cuenta perteneciente a una de las víctimas a la de la acusada Y.M.M. Esta prestó su cuenta bancaria para recibir el dinero y enriquecerse injustamente.

El tercero no identificado, del modo descrito anteriormente, realizó el día 12/04/19 otra transferencia bancaria por medio de la aplicación Bizum por importe de 499 euros desde la cuenta de Bankia de otras de la víctima a la acusada Y.M.M., que prestaba su cuenta bancaria para recibir el dinero y lograr así un ilícito beneficio.

Siguiendo con el mismo modus operandi, Y.M.M, volvió a recibir el día 11/04/19 otras dos transferencias bancarias por medio de la aplicación Bizum por un importe total de 500 euros desde la cuenta de Bankia a la de la denunciante.

Del mismo modo descrito anteriormente, el acusado N.E.G, con la intención de lograr un ilícito beneficio, recibió el día 12/04/19 cinco transferencias bancarias por medio de la aplicación Bizum por un importe total de 2.000 euros.

El tercero no identificado realizó todos los traslados monetarios descritos anteriormente sin el conocimiento ni consentimiento de los titulares de las distintas cuentas bancarias y en su perjuicio, accediendo a los datos bancarios de estas cuentas sin su consentimiento de los titulares y depositando las cantidades obtenidas en las cuentas de los acusados, para evitar ser identificado.

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