La titular del Juzgado de lo Penal número 1 de Ceuta ha condenado a R.J.S.L. y A.D.E. por un delito de estafa. Uno de los acusados no compareció a pesar de haber estado citado en forma, mientras que el otro ha venido conducido desde la prisión y ha reconocido los hechos. Los dos acusados han sido condenados a nueve meses de prisión, que se le suspende a R.J.S.L., pero que tendrá que cumplir A.D.E. por no cumplir con los requisitos exigibles para una suspensión de la pena.
El acusado que ha venido preso ha reconocido los hechos y ha admitido que el otro acusado fue el que llamó por teléfono a la víctima mientras que él aportó su número de cuenta. Además que eran conocedores de que era una estafa y que en ningún momento se le iba a entregar un teléfono móvil de la marca Iphone al denunciante ni que se le iba a devolver el importe abonado de 450 euros. Ha explicado que querían apoderarse de ese dinero de manera ilícita.
La víctima, que también ha testificado, ha admitido que recibió la llamada y que le ofrecieron ese móvil. Él accedió y abonó la cantidad fijada. Al ver que pasaba el tiempo y no le llegaba, se intentó poner en contacto con los acusados pero estos ya le habían bloqueado por lo que le era imposible poder comunicarse con ello. Viéndose en esa situación, procedió a denunciarles. Reclamó por la cantidad sustraída.
Ante el reconocimiento de los hechos y la versión ofrecida por el acusado que sí compareció, la magistrada dictó in voce y condenó a los dos acusados a la pena de 9 meses de prisión, así como a devolver el dinero que la víctima entregó y que nunca le fue devuelto. El acusado que venía desde la prisión está cumpliendo condena por otra pena, y ahora se les sumará este delito.
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