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Condenados en Ceuta tres militares por el pase de 310 kilos de hachís en unas maniobras de la Legión en Almería

El Tribunal Militar Territorial Segundo ha condenado a tres de los seis militares que el pasado noviembre fueron juzgados en Ceuta, acusados de embarcar droga en buque de guerra aprovechando unas maniobras que realizaban en Almería los componentes del Tercio Duque de Alba de La Legión. Tres de los cabos han sido condenados a 3 años y once meses de prisión, al concurrir en ese delito la agravante de notoria importancia al vinculárseles con el alijo de 310 kilos de hachís que fue encontrado. Los otros tres acusados han sido absueltos de los mismos delitos, según la sentencia a cuyo contenido íntegro ha tenido acceso El Faro de Ceuta, al no haber pruebas suficientes para su incriminación. El Fiscal Jurídico Militar pedía 4 años y medio de cárcel para todos los procesados, además de la pérdida del uniforme.
Los hechos a los que hace referencia la sentencia se produjeron en octubre de 2015, cuando los integrantes de esta expedición ya habían llegado al campo de maniobras ‘Álvarez de Sotomayor’ de Almería. La droga había sido cargada previamente en el acuartelamiento de Recarga (como sede de la IV Bandera Cristo de Lepanto del Tercio Duque de Alba de la Legión), repartida dentro de mochilas y, a su vez, distribuida en bloques desvirtuando el olor del hachís con colonia. Varios de esos macutos fueron encontrados en los registros realizados en el campo de maniobras y otros en unos arbustos, procediéndose de inmediato a la apertura de una investigación que fue dirigida por la Guardia Civil de Almería pero quedó judicializada por el Togado Militar de Ceuta.
Tras la práctica de los interrogatorios comenzaría la cadena de detenciones. Durante el procedimiento hubo dos sobreseimientos respecto de un par de detenidos, llegando a la fase estelar del juicio seis cabos como procesados, de los que finalmente la Justicia Militar ha condenado a tres, en una sentencia que no es firme ya que contra la misma cabe la interposición de recurso.
Entre los días 14 y 15 de octubre la IV Bandera se desplazó de Ceuta a Almería, usando como medio de transporte el buque de guerra Martín Posadillo, en donde estaba todo el material militar embarcado incluida la droga. Había pasado sin novedad las revistas cinológicas oportunas tanto de la propia Unidad como de la Policía Militar y la Guardia Civil. Esto no fue obstáculo para que se asegurara la entrada de la mercancía en la península, cuya distribución pretendida fue abortada por el hallazgo de todas las mochilas. Algo que se produjo en cadena, después de que un cabo legionario informara a sus superiores de que había encontrado dentro de uno de los vehículos un macuto que no debía ir ahí. Al abrirlo se comprobó que estaba cargado de bloques de hachís. De ahí se llegaría a encontrar todo el alijo, 310 kilos valorados en medio millón de euros.
En la sentencia, el Tribunal hace constar que al margen de las investigaciones llevadas a cabo se ha contado con testifical suficiente como para incriminar a los tres cabos condenados. A esto la Sala añade “la constatación” de “hechos llamativos” que “evidencian una conducta anómala” de los implicados. Hay casos más claros como el de uno de los cabos condenados del que todos los testigos que han depuesto insisten en su cambio de actitud, pasando de ser “un cabo activo a una persona aburrida”, que cuando comenzó a encontrarse la droga mostró un “gran estado de nerviosismo” en unos momentos en los que todavía la Guardia Civil no había practicado las detenciones.
Tras saltar al ámbito mediático los hechos, se produciría un Sábado Legionario en el que uno de los cabos que ha terminado condenado ejemplificó ese grado de excitación al sospechar que podría terminar relacionándosele con el hachís, como así sucedió. Ese día se dirigió hacia un cabo y un sargento gritándoles: “Judíos traidores, hijos de puta, tengo una pistola con cuatro cargadores, me conozco todos los agujeros de la Pantera, todo el mundo sale, todo el mundo para por ahí”. Esas amenazas quedaron recogidas en un momento en el que el procesado tan solo estaba siendo investigado pero ya se sabía señalado.
En la causa quedan algunas dudas sin resolverse, tal y como queda recogido en la sentencia, ya que se sospecha de la participación de más personas que ayudaron a cargar la droga en Ceuta pero que no han podido ser identificadas plenamente. Habrían participado no solo en la carga de la droga sino también en su ocultación para que no pudiera ser intervenida por la Benemérita.


Absuelto de una resistencia porque ya fue sancionado por ello

“Esa noche ocurrieron dos hechos sorprendentes en una Unidad Militar”, recoge la sentencia, al aludir a la manera en que se habría ocultado la droga en el cuartel de Recarga, llegando a superar sin problemas todos los filtros. Es en ese cuartel en donde se produjo uno de los hechos significativos, ya que uno de los tres cabos condenados llegó a enfrentarse con los centinelas que estaban de guardia después de que lo sorprendieran dentro del cuartel. Por eso se le pedía un año y medio más de prisión, al estar acusado de resistencia, pero ha quedado absuelto debido a que ya antes había sido sancionado por el régimen disciplinario. “No encuentra amparo legal el doble reproche, penal y disciplinario” siendo imposible la condena.

“Fisuras” en las medidas de seguridad

A pesar de la labor desarrollada por las Defensas de los procesados por intentar tumbar las pruebas presentadas a juicio e incluso buscar invalidarlas, el Tribunal Militar Territorial Segundo concluye en su sentencia “dos hechos ciertos” basados en una fundamentación que lleva a la condena.
Primero, queda demostrado el hallazgo del hachís repartido en mochilas que fueron encontradas en un BMR de la 1ª Compañía así como en arbustos próximos. Segundo, que esa droga “fue introducida por personal destinado en el Tercio Duque de Alba de la Legión en la noche del 13 al 14 de octubre de 2015, toda vez que solo personal militar podía estar a esas horas en el acuartelamiento y conocía que esa noche el convoy que iba a participar en las maniobras ya había sido cargado en su integridad”.
La Sala pone de manifiesto que existieron “fisuras en las medidas de seguridad” que hicieron esa carga posible y que permitieron que fueran “vulnerables”. Algo que fue aprovechado por los condenados para introducir hachís que pretendían trasladar a la península.
Las condenas a los tres militares se sostienen en las investigaciones, testificales y comportamientos. Consta como hecho carente de sentido la actitud de uno de los cabos que llevó a enfrentarse a los centinelas cuando pretendía huir del cuartel después de haberse cargado la droga. En su defensa declaró que había consumido bebidas alcohólicas y que “por temor a ser descubierto” quiso huir. Algo que no tiene fundamento, dice el Tribunal, “porque no estando en horas de servicio ni cumpliendo misión de naturaleza alguna, ninguna consecuencia le hubiera traído el estado de embriaguez en el que se encontraba, que tampoco ha sido probado”, recoge la sentencia.
La carga “fue perfectamente colocada” e introducida en los camiones, tomándose las medidas de seguridad para no ser descubiertos. De hecho uno de los condenados aseguraba tal finalidad por cuanto era el responsable de dirigir uno de los camiones, llegando a cargarse un par de mochilas después de pasar los controles policiales.

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