El tribunal de la Sección VI de la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta ha condenado a los 9 acusados de estar detrás de la distribución de cocaína a domicilio. Una especie de servicio de ‘tele-coca’ con el que terminó la Policía Nacional con un operativo desarrollado en 2019 bajo el nombre de Operación Garaje.
Seis años después se da carpetazo judicial a este caso con las condenas para todos los implicados, que han reconocido la comisión de la acción delictiva.
Los 9 se han sentado en el banquillo por delito contra la salud pública, aplicándose una atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas. Se ha retirado la acusación que pesaba sobre todos ellos por organización criminal.
La Policía Nacional dio con los ya condenados después de varios seguimientos a personas que se estaban dedicando a la venta de cocaína, pero también de hachís, pastillas y MDMA.
La venta de droga se hacía a clientes a los que le llevaban de manera personal la mercancía, como un servicio de ‘tele-coca’.
Entre los acusados figuraba un taxista que captaba a clientes por su trabajo nocturno. Otro era un repartidor de bocadillos que aprovechaba su trabajo para llevar cocaína.
En noviembre de 2019, la UDYCO efectuó varias entradas y registros en viviendas ubicadas en puntos como Parques de Ceuta y Loma Colmenar.
Allí encontraron drogas de todo tipo que fueron atribuidas a los acusados. Era la fase estelar de la Operación Garaje. La misma se realizó en dos periodos distintos y se pudo conseguir la aprehensión de elementos de prueba.
Fueron intervenidos teléfonos móviles, 4.655 euros, 55 pastillas de diversos fármacos para su venta en el mercado negro, 4 gramos de cocaína, distribuidos en envoltorios, 482 gramos de sustancia para adulteración o corte de cocaína, 5 gramos de marihuana, 100 gramos de hachís, distribuidos en bellotas además de una pistola simulada.
También se dio con una balanza electrónica de precisión utilizada para pesaje y venta al menudeo, efectos, útiles e instrumentos para la elaboración de dosis de sustancias estupefacientes, cocaína y una lata bebida utilizada a modo de ocultación de esa droga.
Todos los acusados han reconocido los hechos, por lo que no ha sido necesaria la celebración de vista oral, fijándose un acuerdo por conformidad. Así, el llamado M.R.M., a quien se le aplica una agravante de reincidencia, ha aceptado 2 años de prisión y una multa de 2.127,61 euros.
J.C.A. ha sido condenado a 9 meses de prisión y multa de 1.063,80 euros; la llamada C.E.A. acepta la misma pena, como también lo hace A.M., I.P., F.S.A, M.S., S.Ch. y L.H.
Las penas dictadas por conformidad han quedado suspendidas por un periodo de 3 años en el que no podrán delinquir.
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