Por incurrir en una falta de coacciones recogida en el artículo 620 párrafo 2º del Código Penal Español, dos hombres (uno de ellos con antecedentes penales) y una mujer, familiares entre ellos, deberán pagar cada uno de ellos una multa de 2 euros al día durante diez días, lo que supone veinte euros, además de entre todos pagar en concepto de indemnización la cantidad, a estimar, por los daños ocasionados en la cerradura de la casa que ocuparpn desde el 2 de abril de 2011 hasta el 8 de junio del mismo mes, día en el que desalojaron el inmueble.
Por tanto, estas son las consecuencias judiciales después de que decidiera usurpar, sin violencia ni intimidación, un inmueble, propiedad de un particular, situado en la calle Canalejas, en concreto el número 21 de esta vía de la ciudad.
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