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Condenado a 4 años y medio de cárcel por tráfico de cocaína

La Audiencia absuelve a otro acusado al que la Guardia Civil implicó en el delito al no haber prueba alguna que lo relacione tras una entrega controlada que fue un fracaso

El tribunal de la Sección VI de la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta ha condenado a 4 años y medio de prisión a un vecino de nuestra ciudad que en septiembre de 2021 fue detenido por la Guardia Civil cuando desembarcaba con casi 3 kilos de cocaína ocultos en una bolsa que guardaba debajo del asiento del copiloto.

El máximo órgano judicial absuelve a otro de los acusados al considerar que no ha quedado acreditada su participación.

La droga, con un índice de pureza cercano al 80% y valorada en más de 105.000 euros, la descubrió la Benemérita en un registro pero nunca llegó a esclarecer la clave de este pase: saber el destino final de la mercancía. 

Entrega controlada de cocaína: un fracaso

Llegó a autorizarse judicialmente una entrega controlada de esa cocaína mediante dispositivos de localización por sistema global de navegación satélite que terminó siendo un fracaso.

En sentencia, a cuyo contenido ha tenido acceso El Faro de Ceuta, se considera probado que el llamado F.J.A.A. asumió que portaba un paquete con droga para su tráfico.

De hecho en el acto de juicio oral que se celebró este verano reconoció su relación con un delito contra la salud pública que causa grave daño a la salud en su modalidad de notoria importancia. A la hora de fijar la condena se ha tenido en cuenta la aplicación del subtipo privilegiado del artículo 376 del Código Penal por colaboración con las fuerzas de seguridad y el abandono de su actividad delictiva.

De no haberse aplicado esa circunstancia modificativa de la responsabilidad criminal la pena comprendería de 6 a 9 años de cárcel. La Sala ha acordado la rebaja a pesar de no compartir el criterio del Ministerio Público.

El condenado manifestó que pensaba que en el paquete había teléfonos y que solo supo tras su detención que en verdad lo que ocultaba era cocaína. Su condena se ha nutrido de la propia asunción del delito. 

Sin pruebas para una segunda condena

No se constata la implicación del otro acusado ya que “por más que pudiera pensarse que era el destinatario del paquete”, como mantuvo la Guardia Civil, “no existe prueba alguna que indique que tenía conocimiento del mismo”.

Ni testigos ni el otro acusado pudieron atestiguar de forma directa que esta persona supiera algo del alijo decomisado.

No hay pruebas por tanto de que hubiera participado en la comisión de los hechos a pesar de que la Fiscalía llegó a pedir hasta 9 años de prisión.

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