El magistrado titular del Juzgado de lo Penal número 2 de Ceuta ha condenado al conductor de un vehículo que fue detenido cuando circulaba bebido y que tras negarse a la realización de la prueba de alcoholemia terminó agrediendo a un policía.
Se le condena por un auténtico rosario de delitos al existir prueba suficiente de los hechos cometidos a pesar de haberlos negado ante su señoría. En concreto por atentado, por delito contra la seguridad vial y negativa al control de alcoholemia además de lesiones, apreciándose la atenuante de intoxicación etílica.
Por el acometimiento contra un agente se impone una pena de 6 meses de prisión que queda suspendida por dos años. Por el delito contra la seguridad vial, 4 meses de prisión con suspensión durante dos años y prohibición de conducir durante un año y un mes.
Por el último de los delitos se le condena a 6 meses de prisión, con suspensión durante dos años y una medida de privación de conducir durante un año y un mes. Y por las lesiones causadas al agente se impone una multa de un mes a razón de 6 euros diarios así como el pago de una indemnización al agente de 150 euros.
Se considera probado que en la mañana del 8 de marzo de 2023 el llamado Y.E.B. conducía un vehículo por González Tablas bajo los efectos de una previa ingesta de alcohol, por lo que mostraba limitadas sus facultades psicofísicas.
Esto tuvo como consecuencia la merma en sus reflejos, la reducción del campo visual amén de cansancio, apatía y olor a alcohol, entre otros.
Tal y como se recoge en sentencia, a cuyo contenido íntegro ha tenido acceso El Faro de Ceuta, fue interceptado por agentes de la Policía Nacional al apreciar su irregular conducción, instándole a su traslado a las dependencias de la Policía Local para la realización de las pruebas de alcoholemia.
Despreciando a la autoridad y con la intención de atentar contra los agentes, acometió a uno de los policías que llegó a caer al suelo y sufrió varias contusiones. En repetidas ocasiones Y.E.B. se negó a la realización de las pruebas de alcoholemia, llegando a mostrar una actitud agresiva y poco cooperadora.
En el acto de juicio oral que tuvo lugar el pasado 18 de mayo, el ahora condenado negó haber tomado alcohol y el acometimiento contra la Policía, así como haberse negado a la práctica de la prueba de alcoholemia. Ofreció una versión radicalmente contraria al resaltar que él fue el maltratado y que en dependencias policiales no hizo más que colaborar.
Una versión que chocaba directamente con testimonios claros como los de los policías nacionales y locales que intervinieron para ratificar lo recogido en el atestado. Destacaron la escasa coherencia en el comportamiento del acusado y aportaron detalles como que en el coche había varias botellas de cerveza vacías así como que el detenido desprendía un fuerte olor a alcohol.
El magistrado considera probado tras el análisis de las manifestaciones que efectivamente, “más allá de toda duda razonable”, el acusado conducía bajo los efectos de bebidas alcohólicas y llegó a atentar contra uno de los efectivos policiales que estaba interviniendo.
Frente a esto el acusado ofreció una “versión no creíble de los hechos” como por ejemplo la justificación de la presencia de cascos de botellas de cerveza vacíos en el coche: dijo que los llevaba para tirarlos a la basura.
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