Condenado por intentar sobornar a un guardia civil de la frontera con 50 euros

Le ofreció un billete si miraba a otro lado para que pudiera cruzar el Tarajal con el coche lleno de aceite, queso y aceitunas

La Audiencia ha condenado a un marroquí llamado L.E.Y. por intentar sobornar a un guardia civil destinado en la frontera del Tarajal, que separa Ceuta de Marruecos.

Le ofreció un billete de 50 euros para que mirara hacia otro lado, con la finalidad de que, así, pudiera cruzar con el coche cargado de aceite, queso y aceitunas.

El ahora condenado ha reconocido los hechos, lo que ha llevado a que no se tuviera que constituir un tribunal de Jurado para considerarlo culpable o no de unos hechos que fueron denunciados por el componente del Instituto Armado y encuadrados en un delito de cohecho. 

Los hechos ocurrieron en agosto de 2024

El origen de esta resolución judicial se remonta al 25 de agosto de 2024, cuando L.E.Y. cruzaba el paso fronterizo del Tarajal con el vehículo cargado de distintos alimentos.

Allí fue requerido por un agente de la Benemérita para comprobar qué portaba en su coche, modelo Wolkswagen.

Al indicarle que los alimentos que llevaba: queso, aceite y aceitunas no estaban permitidos para su entrada en Ceuta al no cumplir los requisitos sanitarios, el ahora condenado le entregó un billete de 50 euros, en un claro guiño para sobornarle al objeto de que le permitiera cruzar a Ceuta con esa carga.

Obraba en el convencimiento de que este tipo de conductas eran lícitas por resultar habituales en el tránsito fronterizo, pero en el lado español el agente no iba a plegarse a un gesto delictivo porque supondría no ejercer su debida función de resguardo fiscal.

Error vencible de prohibición

En el acuerdo judicial alcanzado se especifica que concurre error vencible de prohibición, es decir, que cometió ese acto ilícito pensando equivocadamente que su conducta era legal.

La pena impuesta por delito de cohecho ha sido la de 9 meses de prisión y una multa de 3 meses con cuota diaria de 5 euros. Así, se concluye también el comiso del dinero intervenido: los 50 euros.

Se le suspende la pena por 2 años de prisión al ser la primera vez que delinque, pero durante ese periodo no puede residir en Ceuta.

No es la primera vez que llegan al ámbito judicial conductas de este tipo que terminan siendo sancionadas con resoluciones firmes. Se ofrecen prebendas a los agentes de las fuerzas y cuerpos de seguridad del estado para que no ejerzan su función de control.

Las denuncias que presentan los propios afectados dan pie a este tipo de sentencias condenatorias.

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