La titular del Juzgado de lo Penal número 1 de Ceuta ha condenado al llamado J.M.L.G. por un delito de lesiones ocurrido en la barriada de San Amaro.
El acusado ha reconocido los hechos y aceptado la pena de 6 meses de multa a razón de 10 euros diarios, así como al pago de 1.000 euros a la víctima como responsabilidad civil. Además se le ha impuesto una orden de alejamiento sobre el denunciante de 2 años en una distancia de 100 metros y por cualquier medio. Tendrá también que abonar las costas procesales de todo el procedimiento.
Los hechos a los que se ha hecho referencia en esta conformidad ocurrieron el 29 de agosto del año pasado. El acusado, sobre las 20:15 horas, se hallaba en la barriada de San Amaro cuando, con ánimo de menoscabar la integridad corporal de la víctima, le golpeó con un objeto contundente no determinado a un vecino.
Como consecuencia de la citada agresión, la víctima sufrió herida contusa en región parietal izquierda, excoriación supraciliar derecha y excoriación y contusión en pabellón auricular izquierdo.
Lesiones que requirieron, además de una asistencia facultativa, de tratamiento médico-quirúrgico consistente en limpieza, desinfección y aproximación de bordes de herida parietal mediante agrafes y posterior retirada de suturas, lesiones que tardan en curar 1 día de perjuicio moderado y 7 días de perjuicio básico.
El acuerdo previo entre la Defensa, la Acusación Particular y el Ministerio Fiscal ha evitado la celebración de la vista oral que estaba fijada para este miércoles.
Esa conformidad le sirvió al acusado para una importante reducción de la pena, ya que en un principio el Ministerio Público pedía la pena de hasta 5 años de prisión, con la accesoria legal de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena.
En el acuerdo se rebajó a un delito de lesiones básico, eliminando el instrumento peligroso con el que le golpeó, un radiotransmisor.
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