El magistrado del Juzgado de lo Penal número 2 de Ceuta ha condenado por un delito de atentado y otro de lesiones al llamado M.E.A.A., después de que golpeara a un policía nacional que estaba realizando una intervención en la Almadraba. Hubo acusaciones de racismo y se terminó azuzando a un perro contra el agente para que le mordiera. Se le impone una pena de 1 año y 3 meses de prisión por el primer delito, suspendiéndose el cumplimiento de cárcel durante tres años pero con la advertencia de no delinquir en ese periodo además de pagar una multa de 300 euros. Por las lesiones se le condena a 40 días de multa, con el pago de una cuota diaria de 7 euros, además de imponer el abono de una indemnización al policía nacional lesionado que no se ha cuantificado. Cabe tener en cuenta que el agente tuvo que acudir a psicoterapia a causa del miedo que el perro le dejó marcado tras el ataque.
Los hechos a los que hace referencia esta sentencia, a cuyo contenido íntegro ha tenido acceso El Faro de Ceuta, se produjeron en mayo de 2019, cuando agentes de la Policía Nacional estaban intentando detener a una persona como consecuencia de un incidente con un perro. Fue entonces cuando el acusado comenzó a arengar a la multitud que había concentrada profiriendo insultos del tipo: “Son unos policías racistas, vienen a jodernos, no os vais a llevar a nadie, no te vas a llevar el perro cabrón”. Después tomó la correa del animal para golpear al policía en el pecho y brazos y azuzó al propio can hasta conseguir que le atacara y mordiera.
El magistrado considera que ha existido prueba de cargo suficiente para “más allá de toda duda razonable, declarar enervado su derecho fundamental a la presunción de inocencia”, a pesar de que el acusado negó todo lo acontecido.
Se contó en el acto de juicio oral con la declaración de la víctima además de otros testigos, entre ellos un compañero del Cuerpo, ofreciendo datos que, hilados, dan credibilidad a la versión incriminatoria contra el acusado que acometió con sus manos contra el policía y azuzando a un perro, siendo responsable por tanto de las dentelladas ocasionadas por el animal. El medio empleado por M.E.A.A. fue el acometimiento de un perro azuzado, concurriendo la intención eventual de hacer daño al preceder “una voluntad rebelde en el sometimiento a los agentes y unos previos golpes”.
La pena impuesta, cerca de su mitad superior, tiene en cuenta la “especial peligrosidad de la conducta del acusado” que se “arrogó la potestad de decidir si la Policía podía o no cumplir con su obligación, con las palabras ‘no os vais a llevar a nadie’ o ‘no te vas a llevar el perro’, a la vez que usó la fuerza física, excitó a la turba que se agolpó y usó la fiereza de un perro para acometerle”, recoge en sentencia. “No estamos ante un mero acometimiento al agente de la autoridad, sino que la conducta” del acusado “tenía como cometido impedir el ejercicio de la autoridad empleando la fuerza, lo cual confirió a su conducta una peligrosidad especial, adicional y superior”.
El magistrado ha ordenado abrir una pieza de responsabilidad disciplinaria frente al dueño del perro por razón de su incomparecencia para declarar como testigo en el juicio oral.
Racismo. Palabra mágica que justifica todo.