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Condenado tras golpear brutalmente a un joven en la Marina

Además de la pena de multa deberá afrontar una indemnización de 7.158 euros

La magistrada titular del Juzgado de lo Penal número 1 de Ceuta ha condenado a una pena de 6 meses multa a razón de 10 euros diarios (1.800 euros) al acusado de lesionar a un joven en la Marina, en unos hechos ocurridos el 1 de agosto de 2020. Además deberá afrontar el abono de una indemnización por las lesiones causadas de 7.158 euros.

El acusado M.E.A.A. asestó varios puñetazos en el rostro a la víctima, que sufrió varias erosiones además de herida en dorso de nariz con rotura de huesos sin desplazamiento. La víctima tardó hasta 25 días en sanar, de los cuales 11 fueron de perjuicio moderado y el resto básico, quedándole secuelas. Según las conclusiones recogidas en la sentencia, a cuyo contenido íntegro ha tenido acceso El Faro de Ceuta, la declaración ofrecida por la víctima en el acto de juicio oral fue “firme y coherente” superando los tres parámetros de contrastes exigidos jurisprudencialmente para desvirtuar la presunción de inocencia del acusado.

Acusado y víctima no se conocían, aunque el primero sí confesó que sabía que el agredido tenía familiares policías, reseñando que le habían coaccionado y amenazado. La víctima fue persistente en su declaración, indicando que cuando se encontraba en la Marina, sentado al lado de una de las fuentes, “sin mediar palabra” apareció el acusado y “le golpeó en la cara”. Esa versión “lógica y contundente” fue además corroborada por los documentos médicos y, de manera parcial, por el propio acusado ya que confesó haber estado en el lugar de los hechos y aunque insistió en que “no le había tocado la cara” a la víctima, sí que se formó una trifulca. Reseñó que si le había denunciado era porque estaba allí y era el más conocido de los que había en la Marina. A ojos de la magistrada, tal declaración ha resultado “incoherente” e “ilógica”.

La actuación objeto de condena se encuadra por tanto en un delito de lesiones al haberse ocasionado de manera intencionada un menoscabo en la integridad física de la víctima, habiendo requerido de tratamiento sanitario. A la pena de multa se le añade el abono de la responsabilidad civil derivada de las lesiones que causó aquel día.

Tras la celebración de la vista oral, el Ministerio Fiscal llegó a solicitar que se le impusiera al acusado una pena de 2 años y 3 meses de cárcel y una indemnización de 8.344 euros.

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