Fue en pleno verano de 2023. A través de Milanuncios se ejecutó una estafa que no supuso solo un daño económico sino también moral, porque terminó con lo sueños de un alquiler vacacional en Tenerife para una familia de Ceuta.
Un vecino de Toledo fue el ejecutor y ahora ha sido condenado por la magistrada titular del Juzgado de lo Penal número 1 a 6 meses de prisión por un delito de estafa, aplicándose la agravante de reincidencia y la atenuante de reparación del daño. En concepto de responsabilidad civil deberá indemnizar con 1.000 euros al matrimonio estafado.
En sentencia, a cuyo contenido ha tenido acceso El Faro, se considera probado que el llamado I.J.E. usó la web Milanuncios el 8 de mayo de 2023 para contactar con las víctimas, ofreciendo el alquiler de un chalé en Tenerife.
Las víctimas, que confiaron en que esa oferta era seria, entregaron 1.000 euros cerrando así el disfrute de la casa durante 15 días de agosto. Tomaron las medidas de seguridad debidas ya que suscribieron un contrato en el que el ahora condenado figuraba como dueño del chalé, aunque en verdad todo era un fraude.
Cuando recibió dos ingresos en cuenta bancaria de 580 y 420 euros, cortó la comunicación con el matrimonio sin poner a disposición la vivienda y sin devolverles el dinero. El acusado, considera la magistrada, actuó con la intención de recibir esa cantidad y no llevar a cabo el alquiler ni devolver el dinero.
Esos 1.000 euros ya han sido consignados para su devolución a las víctimas, paso que se dio tras recibir la citación judicial y antes de la vista oral a la que no se presentó. A sus espaldas tiene una condena firme de la Audiencia de Burgos por estafa.
El dictado de una sentencia condenatoria se ha sustentado en los testimonios de las víctimas que fueron “coincidentes y coherentes además de persistentes” durante las distintas fases de este procedimiento. Unas manifestaciones que fueron corroboradas por la propia Policía, que pudo dar con el autor de la estafa.
Lejos de ofrecer una explicación alternativa, el ahora condenado no compareció a pesar de estar citado adecuadamente.
Se le condena por estafa al “concurrir engaño bastante capaz de provocar un desplazamiento patrimonial en las víctimas y un corolario enriquecimiento en el sujeto activo”.
El acusado facilitó a las víctimas una cuenta corriente donde efectuar el ingreso de la fianza y les remitió un contrato de alquiler, haciendo creer a los perjudicados erróneamente que habían alquilado una vivienda sobre la que el estafador no tenía la disponibilidad.
Una vez descubierto el engaño, el acusado no quiso devolver el importe de la fianza a los perjudicados, cesando cualquier contacto con los mismos, quienes se vieron obligados a denunciar los hechos.
“Desplegó una maniobra engañosa, ofreciendo el alquiler de una vivienda a través de una página conocida y documentando incluso el contrato; maniobra que fue idónea para provocar en las víctimas un error que determinó el acto de desplazamiento patrimonial”, se recoge en sentencia.
A la hora de imponer la pena mínima se ha valorado la simplicidad del mecanismo defraudatorio empleado por el acusado, quien, además, omitió cualquier medida que dificultase o impidiese su identificación y descubrimiento del delito, de ahí que la Policía diera rápidamente con él.
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