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Condenado tras escapar de la Guardia Civil a bordo de una semirrígida

El acusado ha reconocido los hechos y aceptado como condena el pago de una multa tras intentar su fuga de los agentes del Servicio Marítimo en febrero de 2020

por Diego Naranjo
06/04/2021
lancha
Imagen de archivo

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El magistrado titular del Juzgado de lo Penal número 2 de Ceuta ha condenado al llamado N.A.M. por un delito de desobediencia grave después de que en febrero de 2020 se diera a la fuga de la Guardia Civil tras que los agentes del Servicio Marítimo le sorprendieran a bordo de una semirrígida en la zona del Sarchal. Se le ha impuesto una condena de 6 meses multa, que ha sido aceptada por el acusado por lo que no ha tenido que celebrarse juicio tras haber una conformidad previa entre las partes y un reconocimiento de los hechos.

Y estos no son otros que los acontecidos el 29 de febrero de 2020 cuando, sobre las 21:15 horas, la Guardia Civil sorprendió la semirrígida ocupada por dos personas. Los agentes le realizaron, en insistentes y repetidas ocasiones, varias señales para que se detuviera pero el piloto hizo caso omiso a esas indicaciones que fueron tanto sonoras como luminosas.








Atentando así contra el principio de autoridad, el llamado N.A.M. emprendió la huida hacia Málaga debiendo ser perseguido por los agentes del Servicio Marítimo quienes pudieron darle alcance haciéndole regresar al puerto de Ceuta, utilizando la mínima fuerza indispensable para reducirlo ante la conducta renuente del acusado. Los hechos son constitutivos de un delito de desobediencia grave que ha sido reconocido por el acusado, pudiendo alcanzarse así un acuerdo y dictándose sentencia in voce que ya es por tanto firme.

La embarcación quedó intervenida en la base del puerto deportivo, desde donde opera el Servicio Marítimo del Instituto Armado. Esta actuación vino a encuadrarse en las múltiples que ha llevado a cabo la Guardia Civil en su persecución a las embarcaciones que cumplen con determinadas características que las hacen ser las adecuadas para la comisión de determinados delitos. En el caso de marras no se pudo vincular al detenido con nada más que una desobediencia debido a que, a pesar de la orden de parada que hicieron los agentes actuantes, este no hizo caso.

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