La Sección VI de la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta dictó ayer sentencia condenatoria in voce contra R.C.C., la persona que en la noche del 21 de agosto del pasado año atropelló a una mujer en el paso de cebra ubicado en Cañonero Dato (al lado del Corte Inglés) dándose posteriormente a la fuga.
La víctima, F.E.H., sufrió importantes lesiones que hicieron temer por su vida. Hoy, de hecho, arrastra secuelas tras el traumatismo craneal sufrido y las múltiples contusiones que llevaron a su urgente traslado a Cádiz. Por ejemplo, ha perdido el sentido del olfato. Ayer, la afectada esperaba sentada en el pasillo de la Audiencia Provincial en donde tuvo que ser atendida por una ambulancia del 061 tras sufrir una crisis de ansiedad ya que era la primera vez tras el accidente sufrido que veía al autor de aquel atropello. La figura jurídica de la conformidad sirvió para alcanzar un acuerdo entre las partes sin necesidad de que se celebrara juicio, que hubiera tenido que seguirse por tribunal de jurado. El magistrado Fernando Tesón dictó sentencia in voce por la cual el acusado es condenado por un delito de omisión del deber de socorro, por una falta de lesiones por imprudencia y por otra falta de desobediencia, toda vez que atropelló a la mujer, la abandonó herida y cuando la Guardia Civil acudió a detenerlo días después a la vivienda en la que se escondía no facilitó el arresto y se negó a identificarse. Pues bien. Por el primero de los delitos se dictó una condena de 6 meses de prisión que terminó siendo sustituida por multa. Así lo había pedido la Defensa, a lo que no se opuso la Fiscalía a pesar de que el acusado tenía antecedentes. El hecho de que haya permanecido 4 meses en prisión, que ahora esté libre y trabajando hicieron considerar que el regreso a la cárcel sería perjudicial, por lo que se aceptó la sustitución de la pena por multa. Por la falta de lesiones, se dictó una pena de 30 días con una cuota de 5 euros diarios, a lo que se añade la prohibición de conducir durante 6 meses. Por la desobediencia se acordó otra multa de 20 días con una cuota de 5 euros. Así que el montante global de todas las sumas económicas hace que la pena se traduzca en el pago de 2.050 euros en cuatro cuotas mensuales. El dinero correspondiente a la indemnización que deberá percibir la víctima por las lesiones sufridas quedó pendiente de determinar en ejecución de sentencia, ya que falta el informe final en el que se concrete el cálculo que debe hacerse por las lesiones sufridas y que deberá basarse en el informe definitivo del Forense. En el abono de esa indemnización estuvo conforme la representación jurídica de la compañía de seguros. En base a los días de baja y las secuelas, ésta no deberá ser menor de 35.000 euros, según estimaciones. En el examen inicial que se le practicó a la víctima, que quedó desamparada tras su atropello, se hicieron constar ya los hematomas sufridos, las fracturas en extremidades, daño en cervicales así como el traumatismo craneoencefálico, el más grave.





