La magistrada titular del Juzgado de lo Penal de Ceuta número 1 ha condenado este miércoles al llamado M.C.C. a una pena de un año de prisión por un delito contra la libertad sexual. Dicha condena se le suspende siempre y cuando realice durante 3 años un programa de reeducación sexual. Además se le impuso una pena de 2 años de libertad vigilada.
Los hechos a los que hace referencia la sentencia, a la que se llegó mediante la figura jurídica de la conformidad, tuvieron lugar entre los días 13 y 16 de mayo de 2016, cuando el ahora ya condenado contactó con dos niñas a través de una aplicación telefónica. Aprovechándose de su inocencia y con ánimo de satisfacer su deseo sexual desviado, les requirió que le enviaran fotografías sin ropa y un vídeo. Una de las menores lo hizo. A su vez, este sujeto le envió a la menor una imagen de sus partes íntimas.
Gracias a una denuncia se pudo dar con este sujeto y llevarlo ante la justicia, acusado de un delito contra la libertad sexual que reconoció ante la magistrada por lo que se alcanzó una conformidad entre Ministerio Fiscal y Defensa. El ya condenado declaró a través de videoconferencia al no estar en Ceuta.
Una de las dos niñas presentaba además una discapacidad reconocida. El autor de este delito estará sometido a ese programa de reeducación sexual que deberá cumplir al ser la sentencia firme y estará controlado. La conformidad se fijó esta mañana cuatro años después de los hechos.