La Sección VI de la Audiencia Provincial de Cádiz, con sede en Ceuta, ha condenado a un hombre como cooperador necesario de un delito de estafa cometido contra la Autoridad Portuaria de Ceuta.
El acusado ha reconocido los hechos desde prisión y ha aceptado una pena de un año de cárcel, además de una multa de 12 meses a razón de dos euros diarios. Asimismo, deberá hacer frente a una responsabilidad civil de 761.411 euros, cantidad que deberá reintegrar a la Autoridad Portuaria.
No obstante, el tribunal ha acordado la suspensión de la pena privativa de libertad, por lo que el condenado ha quedado en libertad desde este miércoles.
Según los hechos probados, el acusado se puso previamente de acuerdo con terceras personas no identificadas con el fin de obtener un beneficio patrimonial ilícito.
El plan consistía en recibir en sus cuentas bancarias transferencias de dinero no consentidas mediante fraudes bancarios, utilizando para ello la suplantación de identidad de empresas con las que las víctimas mantenían relaciones contractuales.
Para llevar a cabo la estafa, se enviaron correos electrónicos a empresas públicas y privadas simulando proceder de terceros legítimos, de forma que los pagos por servicios prestados se desviaban a cuentas bancarias controladas por personas en connivencia con el acusado.
En el marco de este plan, durante el año 2022 la Autoridad Portuaria de Ceuta realizó varias transferencias bancarias a nombre de Acciona Construcción S.A., en pago por servicios y obras ejecutadas, ingresando las cantidades en dos cuentas bancarias cuyos certificados de titularidad habían sido aportados como si pertenecieran a dicha empresa.
Sin embargo, dichas cuentas no eran titularidad de Acciona Construcción S.A., sino que estaban exclusivamente a nombre del acusado, habiendo sido la Autoridad Portuaria inducida a error tras recibir correos electrónicos en los que se suplantaba la identidad de los gestores de la citada mercantil.
Como consecuencia del engaño, la Autoridad Portuaria efectuó seis transferencias: el 30 de mayo de 2022 por 721,39 euros; el 27 de junio de 2022 por 30.724,02 euros; el 13 de septiembre de 2022 por 163.763,69 euros; el 14 de septiembre de 2022 por 437.343,82 euros; y el 28 de septiembre de 2022 por 300.858,45 euros, todas ellas en cuentas titularizadas por el acusado.
Tras recibir las cantidades, el acusado procedió a extraer el dinero ingresado siguiendo las instrucciones de las personas no identificadas con las que se había concertado, descontando previamente una comisión pactada por cada transferencia.
El tribunal considera probado que el acusado actuó obviando las más elementales normas de cuidado respecto al origen del dinero recibido y que su actuación facilitó la impunidad de los autores principales de la estafa.
Por estos hechos, la Audiencia Provincial lo ha condenado como cooperador necesario, imponiéndole la obligación de devolver íntegramente el dinero percibido de manera ilícita a la Autoridad Portuaria de Ceuta.
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