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Condenado tras atropellar a un peatón en la calle Doctora Soraya

La titular del Juzgado de lo Penal número 1 de Ceuta condenó al llamado U.M. por un atropello ocurrido en la calle Doctora Soraya, en Loma Colmenar.

El acusado reconoció los hechos y aceptó la pena de 6 meses de prisión por un delito contra la seguridad vial, así como el pago de una multa de 2 meses con una cuota diaria de 5 euros por un delito de lesiones por imprudencia menos grave.

Además se le impuso la prohibición de conducir vehículo a motor por un periodo de 1 año y 3 meses. La pena de prisión se le quedará suspendida por un periodo de 2 años.

El acusado tendrá que abonar la cantidad de 2.700 euros como responsabilidad civil, de no hacerlo tendrá que afrontarlo de manera subsidiaria su hermana ya que era la propietaria del vehículo.

Los hechos a los que se hizo referencia en esta conformidad ocurrieron el 19 de febrero de este año. Sobre las 13:30 horas, el acusado circulaba por la calle Doctora Soraya cuando perdió el control del vehículo, lo que provocó un accidente de tráfico que derivó en el atropello a una persona que caminaba por la acera.

Al carecer el coche conducido por el acusado de seguro obligatorio y de certificado de la inspección técnica de vehículo, una vez cerciorado de que varias personas habían llegado al lugar de los hechos a socorrer al perjudicado, el acusado se marchó del lugar del accidente.

Como consecuencia del siniestro, el denunciante sufrió lesiones consistentes en policontusiones y fractura no desplazada del tercio medio de peroné izquierdo, lesiones que requirieron para su sanidad tratamiento médico consistente en inmovilización de pierna izquierda con férula posterior, clexane y analgésicos a demanda, exigiendo para su sanidad 45 días impeditivos, sin residuar secuelas.

El acuerdo previo entre las partes evitó la celebración de la vista oral que estaba fijada para este lunes.

Este acuerdo le sirvió al acusado para una importante reducción de la pena, ya que en un principio el Ministerio Público solicitaba hasta 3 años de prisión, pena que no se le hubiera podido suspender por lo que hubiera tenido que ingresar en prisión.

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