La titular del Juzgado de lo Penal número 1 de Ceuta condenó al llamado K.A.S.M. por un delito de robo con violencia a un repartidor de comida rápida.
El acusado reconoció los hechos y aceptó la pena de 2 años de prisión, así como el alejamiento y la comunicación por cualquier medio con la víctima por un periodo de 3 años. El acusado no entrará en prisión, se le suspende por dos años, tiempo en el que no podrá delinquir y tendrá que abonar la cantidad de 44,90 euros como responsabilidad civil.
Los hechos a los que se hizo referencia en esta conformidad ocurrieron el 19 de noviembre. Sobre la 01:00 horas, un trabajador encargado de la entrega de comida a domicilio se disponía a hacer entrega del pedido en la calle Losada Espinosa. Momento en el que el acusado, acompañado de dos individuos más que se en encontraban en la vivienda, le esgrimió un cuchillo arrebatándole el pedido sin abonar el mismo.
La víctima consiguió huir del lugar y ponerlo en conocimiento de su encargado. La llamada a la Policía Nacional fue vital para que la unidad de Seguridad Ciudadana se personara en el domicilio del acusado y tras ser identificado se procedió a su detención y posterior traslado a dependencias policiales.
El acusado se encontraba en prisión provisional desde el mismo día en el que ocurrieron los hechos.
El acuerdo previo entre la Defensa y el Ministerio Fiscal evitó la celebración de la vista oral que estaba fijada para este martes en la sala de lo Penal número 1 de nuestra ciudad.
Además ese acuerdo le sirvió al acusado para una importante reducción de la pena ya que en un principio el Ministerio Fiscal solicitaba hasta 5 años de prisión.
El ahora condenado no podrá volver a delinquir por un plazo de dos años, ya que de hacerlo se le sumaría los de esta condena que ya es firme.
Menuda escoria!!! Atracando a un trabajador!!! Dos años ?? 15 años y se te va la tontería!!!!