La Sección VI de la Audiencia Provincial de Cádiz, con sede en Ceuta, ha dictado una sentencia condenatoria contra H.B. por la comisión de dos delitos de lesiones con uso de instrumento peligroso.
Esta resolución judicial se produce tras años de dilación en el procedimiento, debido en parte a la situación procesal del acusado.
H.B., que se encontraba en busca y captura, ha reconocido los hechos ante el tribunal y ha aceptado una pena de un año de prisión por cada uno de los delitos cometidos.
En total, se le impone una condena de dos años de prisión, que, sin embargo, quedará suspendida durante un periodo de cinco, siempre y cuando el acusado no vuelva a delinquir durante ese tiempo. En caso de reincidencia, la condena suspendida se ejecutaría en su totalidad.
En esta sentencia, se ha aplicado al acusado una atenuante muy cualificada por dilaciones indebidas, dado que los hechos se remontan al año 2015. Esta circunstancia ha tenido un peso importante en la determinación final de la pena, al considerar el tribunal que el tiempo transcurrido ha sido excesivo y ha afectado a los derechos del procesado.
El tribunal ha considerado que, pese a la gravedad de los hechos, las demoras en el procedimiento y la falta de antecedentes penales han sido factores determinantes para acordar la suspensión de la pena. El cumplimiento de la condena queda, por tanto, sujeto a una estricta condicionalidad durante los próximos cinco años.
Los hechos por los que ha sido condenado H.B. ocurrieron el 24 de octubre de 2015, alrededor de las 22:00 horas, en las inmediaciones de la barriada del Sarchal, en Ceuta. Durante una discusión por motivos no esclarecidos, el hijo del acusado portaba una catana, un arma blanca de grandes dimensiones, que llevaba consigo en el momento del altercado.
En el transcurso de la disputa, y actuando de común acuerdo con su padre, el joven agredió a una de las víctimas, un pescador con la catana, causándole heridas de consideración en el abdomen y en la cara. La agresión, según el relato judicial, fue intencionada y tenía como propósito lesionar gravemente la integridad física de la víctima.
Instantes después, al presenciar la agresión, un segundo pescador se acercó al lugar con la intención de ayudar a la víctima. En ese momento, se inició un forcejeo entre este testigo y el hijo del acusado. Fue entonces cuando H.B. intervino nuevamente, esta vez utilizando un spray de pimienta para rociar al hombre que intentaba intervenir, con el objetivo de impedir que pudiera inmovilizar a su hijo.
Esta acción fue considerada por el tribunal como una participación activa en la agresión, ya que el uso del spray no solo contribuyó a prolongar el ataque, sino que también obstaculizó la defensa de la víctima y la posible detención del agresor principal.
El fallo judicial recoge que tanto la actuación del acusado como la de su hijo revistieron una especial gravedad, por el uso de armas peligrosas, la violencia empleada y la coordinación entre ambos para causar daño. Sin embargo, el reconocimiento de los hechos, la ausencia de antecedentes penales y la dilación del proceso judicial han permitido al acusado evitar el ingreso inmediato en prisión.
Durante los cinco años de suspensión de la condena, H.B. deberá cumplir con las condiciones impuestas por el tribunal. En caso de incumplimiento, se procederá a ejecutar la condena íntegramente. Esta sentencia refleja, por tanto, un equilibrio entre la proporcionalidad penal, el paso del tiempo y el respeto a las garantías procesales.
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