La Audiencia Provincial de Ceuta ha condenado a U.A. al pago de una indemnización de 8.100 euros al golpear a E.O., quien circulaba con su motocicleta, cuando daba marcha atrás con su vehículo. La cantidad se desglosa en 900 por un delito de lesiones imprudentes; 1.800 por omisión de deber del socorro y, finalmente, 5.400 por atentar contra la seguridad del tráfico en su modalidad de conducción al carecer de licencia.
El acusado se conformó con la pena impuesta por la Sección VI de la Audiencia Provincial quien tuvo en cuenta el agravante de reincidencia en el delito de conducción sin licencia, a la vez que la atenuante de dilaciones indebidas y de reparación del daño, ya que el acusado abonó a la víctima la cantidad de 13.000 euros.
Los hechos se produjeron el 19 de octubre de 2012 cuando U.A. daba marcha atrás con su vehículo, propiedad de su esposa, y golpeó al motorista, debido a que no estaba atento a las circunstancias de la vía.
Como consecuencia del impacto, E.O. sufrió traumatismo lumbar, fractura de apófisis y fractura de ambas muñecas, lesiones que precisaron tratamiento quirúrgico, ortopédico y rehabilitador que le han limitado la movilidad de ambas muñecas, además de haberle quedado un perjuicio estético por cicatrices en el dorso de antebrazos y manos.
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