El magistrado titular del Juzgado de lo Penal número 2 de Ceuta ha condenado a una estafadora que tendió una trampa a un vecino de la ciudad ofreciéndole a través de Facebook el alquiler de una vivienda para el verano.
Todo era una trama, la víctima abonó 500 euros de entrada y se quedó sin dinero, sin casa de alquiler y con las vacaciones arruinadas.
Ahora se ha hecho justicia, y la llamada R.G.O. ha sido condenada a 9 meses de prisión, una pena que además no admite suspensión. Tendrá que indemnizar a la víctima con 500 euros.
Se ha tenido en cuenta los antecedentes penales de la fémina, ya que hasta en 17 ocasiones, al menos, ha sido condenada por estafas entre los años 2021 y 2023.
En sentencia, a cuyo contenido íntegro ha tenido acceso El Faro de Ceuta, se considera probado que en abril de 2022 la ya condenada se hizo pasar por otra persona para publicar en Facebook el alquiler para vacaciones de una vivienda en el Puerto de Santa María (Cádiz) por 1.000 euros. Es decir, actuó suplantando la identidad de una tercera persona para no ser descubierta.
La víctima contactó con ella para arrendar la vivienda durante la primera quincena de septiembre, concertando así el pago de esa cantidad. De entrada, ingresó 500 euros en una cuenta bancaria a nombre de la estafadora. Esta le envió una foto del contrato de arrendamiento y fijó una cita para cerrar el trato. ¿Qué pasó?: que nunca compareció.
El denunciante se quedó sin dinero y sin casa para disfrutar en vacaciones.
Juzgada en rebeldía y con pruebas suficientes en su contra
La acusada fue juzgada en rebeldía, ya que ni siquiera atendió las citaciones para presentarse al acto de juicio oral celebrado a finales de julio.
Sí compareció la víctima, que narró con detalle lo sucedido, cómo ingresó el dinero y cómo pudo comprobar que la ahora condenada estaba ofreciendo en alquiler una finca que ni era suya. De hecho, tenía un dueño, quien a su vez también ha denunciado el alquiler fraudulento de su propiedad.
Gracias a la investigación desarrollada por la Policía Nacional se pudo dar con la autora del engaño, concluyendo “su participación esencial” en el delito. De hecho, desveló que en otras ocasiones se había utilizado la misma finca para “engaños idénticos”.
El magistrado considera que hay “prueba de cargo diferente” para “más allá de toda duda razonable” declarar probado que la acusada cometió la estafa. Contra la sentencia condenatoria cabe interponer recurso.