El titular del Juzgado de lo Penal número 2 de Ceuta condenó a M.T.P.A. por un delito de estafa informática continuado.
La acusada, que reconoció los hechos a través de videoconferencia, aceptó la pena de 21 meses de prisión. Una pena que quedará suspendida por un periodo de 2 años bajo una doble condición: no volver a delinquir durante ese periodo y el pago de 1.943 euros como responsabilidad civil.
La acusada, con ánimo de procurarse un beneficio patrimonial ilícito, se puso de acuerdo con terceras personas que no han podido ser identificadas para recibir en sus cuentas bancarias transferencias no consentidas de dinero de víctimas mediante la utilización de fraudes bancarios.
Esta estrategia consistió en simular falsamente la concesión de un crédito a través de plataformas online ficticias, condicionando el cobro de dicho préstamo al pago de pequeñas cantidades adicionales por el perjudicado a cambio de liberarlo.
Eso provocó que el pago de dichas cantidades se realizara a cuentas bancarias controladas por terceras personas que actuaban en connivencia con la acusada, verdadera titular de dicha cuenta.
De este modo, el 12 de julio de 2022, el perjudicado concertó la concesión de un préstamo con la entidad financiera online CSFINANCES CH por importe de 5.000 euros.
Ante la imposibilidad de transferir dicha cantidad a la cuenta bancaria titularizada por la víctima en la entidad BBVA, el perjudicado se puso en contacto con la entidad prestamista. La acusada le exigió el pago de diversas cantidades de dinero para poder liberar el importe total del préstamo concedido anteriormente.
El perjudicado accedió a ello y realizó ese día una transferencia de 155 euros, el 13 de julio de 2023 otra de dos pagos por importe de 250 y 320 euros respectivamente, un día después dos pagos por importe de 437 y 516 euros y el último día un pago por importe de 265 euros.
Una vez la acusada recibió ese dinero en su cuenta bancaria, extrajo el dinero ingresado pagando a terceras personas con los que concertó llevar a cabo esta operación ilícita.
La acusada no entrará en prisión siempre y cuando no vuelva a delinquir y pague lo defraudado.
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