El Juzgado de lo Penal número 2 dictó sentencia condenatoria contra una mujer por delito de atentado y otro leve de lesiones. Por el primero aceptó una pena de 3 meses de cárcel que no cumplirá al quedar en suspenso y por el segundo, el pago de 150 euros en concepto de multa. En la conformidad alcanzada se tuvo en cuenta como atenuante muy cualificada la reparación del daño al haber abonado 475 euros a un agente de la Policía Local de Ceuta que resultó lesionado.
Lo curioso de esta sentencia es que se pone por segunda vez, después de que una anterior condena dictada también por el Penal 2 pero con otra magistrada titular fuera anulada por la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta debido a la mala calidad de la grabación de una testifical ofrecida por videoconferencia. Aquella condena fue de 3 años, nada que ver con la ahora alcanzada por conformidad, después de que ahora sí y antes no la acusada asumiera su implicación.
Los hechos a los que hace referencia este caso tuvieron como escenario la barriada del Príncipe, por donde conducía la acusada en una jornada, la del 9 de diciembre de 2016, que coincidió con una entrada de inmigrantes subsaharianos por el perímetro fronterizo. La mujer topó con un control policial que no respetó causando lesiones a un agente que ha ejercido la Acusación Particular en este caso junto con la representada por el Ministerio Público. La acusada se negó a cumplir las órdenes de los agentes y “atentó contra su principio de autoridad” al llamarle a uno de ellos “asqueroso hijo de puta, te vas a enterar, tú no sabes quién soy yo, te vas a tener que ir de Ceuta, no sabes quién es mi padre”. Después, al acelerar, le pasó con una de sus ruedas por encima del pie causándole lesiones.
La Audiencia valoró que el sonido de la videoconferencia con la que se permitió la declaración del testigo: el agente de la Policía Local que fue atropellado, era pésimo habiendo momentos en que ni se le veía. Durante los 26 minutos de declaración, solo pudo escucharse una parte en buenas condiciones lo que llevó al máximo órgano judicial en la ciudad a anular ese juicio y ordenar su repetición.
No fue necesario porque este miércoles, a diferencia de en la primera ocasión, la acusada se conformó con los hechos, reconociendo los delitos y confesándose culpable de los mismos.
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