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Condenada por atentado a una enfermera: “Eres una auxiliar de mierda, payasa”

El juzgado de lo Penal dicta sentencia por unos hechos ocurridos en el Hospital de Ceuta en marzo de 2018

Seis meses de prisión por un delito de atentado y 150 euros de multa por otro de lesiones leves. Esa es la condena que ha impuesto este lunes el Juzgado de lo Penal número 1 de Ceuta a la llamada S.A., quien el 12 de marzo de 2018, estando en el Hospital Universitario ingresada, accedió al puesto de enfermería sin permiso dirigiéndose a una de las enfermeras de forma “agresiva, gritando y amenazando”, exigiendo a la profesional que le preparara un menú con una dieta especial para ella.

La acusada ha reconocido los hechos asumiendo la pena por conformidad, acogiéndose al beneficio de la suspensión por lo que no deberá cumplir los 6 meses de cárcel bajo apercibimiento de que si delinque en el plazo de dos años sí que deberá cumplirla. Además se la impuesto el pago de una indemnización de 50 euros a la enfermera.

Según el relato de hechos que ha sido asumido por la acusada, esta insistió en comer un menú diferente al que disponía la cocina del Hospital por lo que comenzó a insultar a la ATS/DUE que figura como víctima en esta causa tras indicarla que no cabían excepciones. Le dijo frases como: “Eres una auxiliar de mierda, vete a fregar bandejas que es lo que tienes que hacer, hija de puta, te crees que eres una enfermera y lo único que eres es una auxiliar de mierda, payasa”. Tras esto, se aproximó a la profesional sanitaria y le propinó dos manotazos y un empujón. Tuvieron que intervenir para calmar la situación generada otras enfermeras así como un vigilante de seguridad.

Pena por conformidad, rebaja de la calificación inicial prevista

Lejos de calmarse la situación, la acusada sacó su teléfono móvil y comenzó a grabar a todas las enfermeras que se encontraban en el puesto del HUCE, hechos por los que fue reprendida por la supervisora que se encontraba en el área de Enfermería en ese momento.

Al existir una conformidad entre las partes, que ha llevado consigo un reconocimiento de los hechos y aceptación de las penas impuestas, estas han sido rebajadas en relación al escrito inicial de calificación del Ministerio Público, que pedía se le impusieran 24 meses de prisión por un atentado y multa de 2 meses con una cuota diaria de pago de 15 euros.

La existencia de una conformidad entre Defensa, Fiscalía y Acusación Particular ha hecho innecesario la celebración del juicio previsto en el Penal, dictándose sentencia in voce por parte de la magistrada titular.

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