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La condena del homicida de una estudiante de Enfermería, sin cambio

El autor del homicidio de Laura Gutiérrez, la joven estudiante de Enfermería que estaba en Ceuta en diciembre de 2011 preparándose para la realización de un examen y fue atacada violentamente en el piso en el que se encontraba, no verá alterada su condena.

No procede la modificación en base a la ley del ‘solo sí es sí’, por lo que Mohamed A., conocido como Tony, seguirá con la misma pena cumpliéndola además en España ya que no se atendió su interés por ser expulsado a su país de origen, Marruecos.

Las rebajas de condenas e incluso excarcelaciones que se han producido -a petición de las partes o bien por los propios tribunales- se dictan siempre en base al principio de retroactividad del Código Penal que marca que se aplica al reo la ley más favorable.

Previamente a esta decisión el homicida intentó sin éxito hasta en dos ocasiones que le revisaran su condena, tanto en una vista celebrada en la Audiencia en julio de 2021 como posteriormente mediante la presentación de un recurso ante el Tribunal Supremo un año después, todo con el fin de dejar España, país en donde el cumplimiento carcelario terminaría en mayo de 2026.

Expuso que carecía de arraigo, aunque tiene una hija en nuestro país con quien no mantiene ninguna relación, por lo que solicitaba ser expulsado a su país de origen.

El criminal confeso fue condenado en 2013 a 13 años y 9 meses de cárcel por homicidio con agravante de abuso de superioridad, pena a la que se sumaron otros 4 años por agresión sexual consumada, conforme a una sentencia dictada por la Sección VI de la Audiencia. Después el Tribunal Supremo rebajó dicha condena a 14 años y medio.

Ahora dicha pena ha sido objeto de revisión, en aplicación de la ley del ‘solo sí es sí’, descartándose su modificación, tal y como se ha recogido en un auto dictado por el tribunal del máximo órgano judicial en nuestra ciudad a cuyo contenido parcial ha tenido acceso El Faro de Ceuta.

Laura Gutiérrez había venido a Ceuta para preparar un examen de la carrera que cursaba

La Audiencia ya había considerado en su resolución de julio de 2021, y sostuvo igualmente el Tribunal Supremo en casación en junio de 2022, ante una denegación de revisión de la sentencia del mismo condenado que “nunca podría considerarse más favorable la actual redacción del Código Penal, tomada en su conjunto”.

De hecho imponiéndose la sanción en su extensión mínima, la privación de libertad sería ya mayor solo valorando uno de los delitos cometidos.

Laura Gutiérrez se había desplazado a Ceuta para presentarse a un examen, ocupando por unos días una habitación libre de un piso ubicado en pleno centro de la ciudad. El homicida acudió el 6 de diciembre de 2011 a la Jefatura Superior a confesar que la había matado, hecho que fue confirmado de inmediato por la Policía. En sede policial dijo que le “había dado una paliza de muerte” a su compañera de piso. No solo había hecho eso sino que además la agredió sexualmente.

El implicado fue responsable de un acto execrable, de uno de los crímenes más violentos ocurridos en nuestra ciudad, ya que terminó asfixiando a su víctima, siendo responsable, como recuerda la Audiencia, de un acto de “violencia extrema” como pocos.

Crimen

Uno de los más violentos. De los ocurridos en nuestra ciudad por su violencia extrema

En este caso, tras la comparecencia para valorar la revisión de la condena, esta no se ha producido haciéndose además hincapié en la extrema gravedad de los hechos cometidos por quien luego acudiría a la Jefatura Superior del CNP.

Sí que en cambio hay ya un precedente de rabaja de condena sobre un penado en Ceuta por abuso sexual con la agravante de acceso carnal y superioridad para el que se ha contemplado 6 meses menos, tal y como adelantaba esta misma semana este periódico.

El reo fue condenado hace casi siete años como autor criminalmente responsable de un delito continuado de abusos sexuales con las agravaciones específicas de acceso carnal por introducción de miembros corporales y cometer el hecho con prevalimiento de una relación de superioridad o parentesco. La Audiencia ha asumido que “en este caso en concreto, la nueva ley es más favorable” para él, cosa que no ocurre en este asunto que fue tan mediático y repudiado por la sociedad ceutí.

Sánchez reconoció ayer por vez primera que en torno a este ley ha habido un error

La Sala ha rechazado más rebajas de condenas que han sido solicitadas por las partes personadas, pero mantiene en estudio el posicionamiento sobre otros asuntos ocurridos y juzgados en nuestra ciudad.

Desde la entrada en vigor de esta ley se han producido a nivel nacional rebajas para más de 500 agresores sexuales. En el caso de Ceuta no se ha producido ninguna excarcelación.

Este mismo miércoles, en pleno debate sobre su reforma, el propio presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ha hablado por vez primera de “equivocación”.

“Usted tiene razón en una cosa. Nosotros podemos equivocarnos. Y cuando hay una equivocación nos afanamos en resolver ese problema. Ustedes, en cambio, nunca se equivocan. Siempre están con los de arriba”, respondía Sánchez al PP en el transcurso de la sesión de control al Gobierno, en lo que ha sido considerado como efecto indeseado de la norma que ha generado una auténtica polémica política.

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