Este lunes ha entrado en vigor la nueva normativa de vehículos de movilidad personal (VMP) en toda España que incluye a los patinetes eléctricos, esos con los que nos cruzamos a diario en Ceuta.
Todos los patinetes eléctricos que se vendan a partir de este lunes deben estar certificados y, para ello, tienen que cumplir una serie de características como disponer de un indicador de velocidad y de un sistema de frenado con dos frenos independientes, como recuerda EFE.
Los VMP ya comercializados podrán circular hasta el 22 de enero de 2027 aunque no dispongan de certificado. A partir de entonces, solamente lo podrán hacer los que cuenten con la homologación.
La normativa establece que todos los patinetes que se comercialicen a partir de ese día han de llevar un marcaje, una placa, en el que indique el número de homologación del vehículo, el nombre del establecimiento en el que se ha adquirido y las características del patinete, tal y como detalla Europa Press.
Con esta identificación se pretende que todos los patinetes estén homologados, es decir, que han superado una serie de pruebas que los hacen seguros para la circulación.
Según el Reglamento General de Vehículos, son aquellos de una o más ruedas dotados de una única plaza y propulsados exclusivamente por motores eléctricos que pueden proporcionar una velocidad máxima de entre 6 y 25 km/h y que sólo pueden estar equipados con un asiento o sillín si están dotados de sistemas de autoequilibrado.
No pueden circular a más de 25 km/h, velocidad a partir de la cual el motor dejará de impulsar al vehículo, y dispondrán de un sistema de antimanipulación. También tienen que tener un indicador de información visible de la velocidad y del nivel de batería.
Todos deben contar con dos frenos independientes y los de más de dos ruedas, también con un freno de estacionamiento.
Están equipados de catadióptricos frontales (blanco), en ambos laterales (blanco o color amarillo auto) y traseros (rojo). La luz de freno debe estar diferenciada o combinada con la luz trasera.
Los dedicados al transporte de mercancías u otros servicios, deben llevar instalados obligatoriamente intermitentes delanteros y traseros, retrovisores y asistente de marcha atrás.
Es obligatorio disponer de un avisador acústico y, en el caso de éstos, de un avisador de marcha atrás también.
Los VMP de menos de tres ruedas tienen que llevar una pata de cabra lateral o un caballete central. De esta forma se evita que queden caídos en medio de las calles.
Además, se establece un diámetro mínimo para las ruedas, que serán rugosas.
Estos vehículos no pueden circular por travesías, vías interurbanas y autopistas y autovías, así como por túneles urbanos. Tampoco por las aceras en las ciudades.
Además, al ser considerados como vehículos a todos los efectos, sus conductores están obligados a cumplir las normas de circulación, como el resto.
Debe tener un marcaje de fábrica único, permanente, legible, ubicado de forma claramente visible y que indique la velocidad máxima, el número de serie o identificación, el número de certificado, el año de fabricación, la marca y el modelo.
Desde la DGT se recomienda que el ciudadano que quiera adquirir un VMP consulte su página web donde encontrará las marcas y modelos que ya han sido certificados.
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