La Comisión Nacional cierra la fase de instrucción y el expediente pasa al Consejo.
La Comisión Nacional de Competencia ha cerrado la fase de instrucción del expediente abierto a las navieras que transitan el Estrecho por una posible fijación de los precios en el servicio de cabotaje marítimo. Según informó el gabinete de prensa de la institución, el caso de Ceuta ha pasado de la Dirección de Investigación al Consejo, los dos órganos autónomos que conforman la Comisión Nacional, para dictar una resolución definitiva. Por tanto el expediente está “próximo a su finalización” por lo que el dictamen definitivo podría llegar al final del verano.
La cercanía de la resolución definitiva del proceso abierto el pasado 28 de mayo de 2008 contrasta con en el estado “incipiente”, como definieron en el gabinete de prensa de la Comisión Nacional, del otro expediente sancionador incoado el pasado marzo por otro proceso diferente y más amplio en el tiempo. Este proceso se encuentra en los inicios de su investigación y supuso la revisión de las oficinas de las compañías por inspectores del órgano de competencia.
Según la denuncia que presentó la Ciudad, la posible conducta de fijación de precios, penada por el artículo 1 de la Ley 15/2007 de Defensa de la Competencia, obedecería a un pacto previo no escrito, una práctica concertada o, cuando menos, una práctica conscientemente paralela de las navieras denunciadas, que procedieron a suprimir simultáneamente el sistema de ofertas existentes hasta el momento y recuperaron las tarifas generales, extremadamente similares. La Dirección de Investigación realizó una información reservada con el fin de determinar, con carácter preliminar, la concurrencia de circunstancias que justificasen la incoación de expediente sancionador.
En el informe se confirmó la posible irregularidad denunciada por Consumo. De la información obtenida puede deducirse que existen indicios racionales de la comisión, visto el resultado de la información reservada, la Dirección de Investigación acordó vista la posibilidad la incoación de expediente sancionador por prácticas restrictivas de la competencia. La apertura de expediente, remarcaron desde el organismo estatal, en ningún caso prejuzga la resolución final que se adopte.
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