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Así se pagarán las compensaciones a los transportes marítimos y aéreos de mercancías

La información publicada este jueves en el BOE corresponde a los que tiene origen o destino en Ceuta y realizados en 2024

La edición el Boletín Oficial del Estado (BOE) de este jueves 3 de julio publica el extracto de la resolución de la Secretaría de Estado de Transportes y Movilidad Sostenible, por la que se acuerda iniciar el procedimiento para el otorgamiento de compensaciones a los transportes marítimos y aéreos de mercancías, con origen o destino en Ceuta, realizados en 2024.

Los interesados pueden PINCHAR AQUÍ para conocer el contenido completo de la resolución.

De acuerdo con lo que se señala en el documento, los beneficiarios de las compensaciones están divididos en tres categorías:

  • En el caso de productos originarios o transformados en Ceuta transportadaos al resto de España o exportados a países integrantes del Espacio Económico Europeo, el remitente o expedidor de las mercancías.
  • En el caso de “inputs” (materias primas o productos intermedios), que no se fabriquen en Ceuta, enviados desde el resto de España o el Espacio Económico Europeo a Ceuta, serán beneficiarios los receptores o destinatarios de las mercancías.
  • En el caso de la devolución de stocks, mercancías peligrosas y residuos, el remitente o expedidor.

Detalles de la compensación

Asimismo, se recuerda que se trata de una “compensación destinada a abaratar el coste efectivo del transporte de determinadas mercancías por vía marítima y aérea entre la ciudad de Ceuta y la península, así como el efectuado entre ambas ciudades autónomas, y entre esta y otros territorios de los Estados miembros de la Unión Europea y demás Estados firmantes del Acuerdo sobre Espacio Económico Europeo, realizados a lo largo del año 2024”.

En lo que respecta a la cuantía individual en el transporte de mercancías, “ese podría permitir alcanzar hasta el 50 por 100 de los costes subvencionables y del flete tipo respectivo de todas las solicitudes presentadas, teniendo en cuenta los promedios de dichos costes que se determinarán por la propia Delegación del Gobierno”.

Igualmente, se explica que “en otro caso, cuando los créditos presupuestarios no permitan alcanzar dicho porcentaje máximo, la cuantía de las bonificaciones se reducirá proporcionalmente para ajustarlas a la disponibilidad presupuestaria”.

Se recuerda que "estas ayudas se financiarán con cargo al crédito consignado en la aplicación presupuestaria 17.20.55.441P.478.04 del Presupuesto de Gastos de la Secretaría

de Estado de Transportes y Movilidad Sostenible previsto en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023 prorrogada para el año 2025".

Plazos

Los interesados en acceder a estas compensaciones tienen un plazo de un mes para hacer la respectiva solicitud, el cual se cuenta a partir del día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Sobre este trámite, se explica que las solicitudes para la obtención de las ayudas se ajustarán al modelo y contenido especificado en la convocatoria y estarán disponibles para cumplimentarse y presentarse en la sede electrónica del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática (https://sede.administracionespublicas.gob.es), en la ruta Procedimientos >>Subvenciones>> Compensaciones al transporte con origen/destino en Ceuta o Melilla.

Asimismo, quienes deseen más información sobre todo el proceso, pueden PINCHAR AQUÍ para tener acceso al texto íntegro del Real Decreto 332/2023, de 3 de mayo, por el que se regula la compensación al transporte marítimo y aéreo de mercancías con origen o destino en Ceuta y Melilla.

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