Desde el 1 de enero de este 2025, los titulares de planes de pensiones en España, incluidos los allegados de Ceuta, tienen una nueva opción para acceder a su dinero. A partir de ahora, podrán rescatar las aportaciones que hayan realizado hace más de 10 años, junto con los rendimientos que estas hayan generado.
Esta reforma, que fue aprobada en 2018, finalmente ha entrado en vigor, permitiendo un acceso más fácil a los fondos acumulados y promoviendo el ahorro privado.
Hasta ahora, solo se podía rescatar el dinero de un plan de pensiones en casos muy específicos, como cuando llegabas a la jubilación, sufrías una incapacidad laboral o pasabas por un desempleo de larga duración. Con la nueva ley, el panorama cambia. Ahora, se podrá retirar las aportaciones que hayan cumplido al menos 10 años, sin necesidad de justificar ninguna causa.
Si hiciste aportaciones antes de 2015, podrás retirar ese dinero desde enero de 2025. Y, año tras año, la posibilidad de rescatar aportaciones más recientes se irá ampliando. Las de 2016, por ejemplo, podrán rescatarse en 2026, y así sucesivamente. Lo mejor es que no hay un límite máximo de dinero que puedas rescatar, ya que podrás retirar tanto las aportaciones como los rendimientos generados durante esos años.
Si decides rescatar tu dinero, el primer paso es ponerte en contacto con la entidad financiera o aseguradora que gestiona tu plan de pensiones. Ellos te guiarán para que rellenes un formulario, en el que deberás elegir la modalidad de rescate que prefieras y la cantidad de dinero que quieres retirar.
Las opciones son:
Es importante que si tienes dudas, puedes pedir consejo a la entidad para asegurarte de tomar la mejor decisión.
Cuando rescatas tu plan de pensiones, el dinero que retiras se considera rendimiento del trabajo y, por lo tanto, tributa dentro de tu base imponible del IRPF. Esto quiere decir que el dinero que retires se sumará a tus ingresos y se te aplicará un tipo impositivo sobre esa cantidad. Si decides retirar una gran suma, podrías acabar pagando más impuestos debido al tipo marginal que te corresponda.
Sin embargo, hay una ventaja importante si hiciste aportaciones antes de 2007: podrás aplicar una reducción del 40% sobre el dinero que retires, siempre que lo hagas en forma de capital y dentro de los dos primeros años después de haber cumplido los requisitos para el rescate. Por ejemplo, si retiras 50,000 euros, solo tributarías por el 60% de esa cantidad, es decir, por 30,000 euros.
Recuerda que las entidades gestoras aplicarán una retención inicial sobre el importe rescatado. Esta retención servirá como adelanto de los impuestos que tendrás que pagar al hacer tu declaración de la renta.
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