La Seguridad Social amplía el respaldo económico con este 'cheque' dirigido específicamente a aquellas
familias con hijos de 0 a 3 años. El único requisito para recibir este subsidio es tener un hijo en ese rango de edad y pertenecer a alguno de los siguientes grupos: Madres que reciben una prestación o trabajan a tiempo parcial o completo. Familias monoparentales o monomarentales debido al encarcelamiento de uno de los progenitores o por la obtención de la custodia. Padres o madres del mismo sexo. La renta de crianza se puede conceder hasta que el niño o la niña cumplan 3 años, siempre y cuando se cumplan los requisitos mencionados anteriormente. Aunque esta ayuda ya estaba en vigor, la nueva Ley de Familias ha extendido su duración.
¿Cómo solicitar la renta de crianza de la Seguridad Social?
Si se reúnen los requisitos establecidos por la Seguridad Social para ser beneficiario de este subsidio, el trámite se puede realizar en el sitio web de la
Agencia Tributaria. Dentro de la plataforma, se encuentra el modelo 140, donde se deberá proporcionar el DNI del solicitante y de los menores de 3 años. Este documento se puede presentar en las oficinas de la Agencia Tributaria o de manera telemática, a través de correo electrónico (
agenciaTributaria@correo.aeat.es) o llamando al 901 200 347.
¿Cómo cobrar el 'cheque' por hijos de 0 a 3 años?
La ayuda de 100 euros mensuales se podrá cobrar de dos formas: pago único o de una deducción en la Agencia Tributaria. Si se elige por la deducción en la Agencia Tributaria, el contribuyente puede añadir la ayuda en la declaración de IRPF en la próxima campaña de la renta.