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Como llevar a cabo una instrucción sin vulnerar los derechos fundamentales

El artículo 588 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal centró la ponencia de el magistrado de la Sala de apelación de la Audiencia Nacional, Eloy Velasco, bajo el título ‘Investigación de delitos con tecnología’. La conferencia abordó las herramientas legítimas que tienen los investigadores para poder resolver los crímenes sin vulnerar los derechos fundamentales de los investigados.

Con una gran asistencia, el magistrado que durante años estuvo al frente del Juzgado Central de Instrucción número 6 de la Audiencia Nacional, instruyendo tramas tan conocidas como la Púnica o Lezos, bromeó con los presentes asegurando que “soy el juez que más teléfonos ha pinchado en España”, en relación con las técnicas que tienen a su disposición los investigadores a la hora de instruir un caso y que ahora se ven afectadas con la reforma de la ley, en beneficio de los derechos Fundamentales de los investigados.

Un artículo, el 588, que cuenta hasta con ocho apartados en los que Velasco fue desgranando todas las vicisitudes a las que el juez de instrucción debe enfrentarse para que no se pueda invalidar una prueba y finalmente se logre llegar al encausamiento procesal de los realmente implicados.

El magistrado puso como contexto que desde 1978 no había habido una reforma que tratase la protección de estos derechos y que la nueva reglamentación en cuanto a la protección de datos, viene a cubrir ciertos vacíos que no se estaban cubriendo.

“Ya no hay secreteres, ahora hay dispositivos”, desglosaba Velasco en relación a cómo los nuevos dispositivos digitales han obligado a cambiar la normativa para evitar campos legales descubiertos.

Durante su ponencia, detalló punto por punto el citado artículo que incluye el tratamiento a la hora de solicitar pinchazos telefónicos, qué grabaciones se autorizan como pruebas, de qué formas se puede anular una prueba, la figura del agente virtual, lo que en el plano físico se entiende como un agente infiltrado o el deber de colaboración que, por ejemplo, tienen las teleoperadoras en caso de ser requerida la información en una investigación.

Todos estos casos definen en qué situaciones la ley permite “sacrificar un derecho fundamental en beneficio de la sociedad” y cómo estos cambios legislativos están afectando a la hora de llevar a cabo las investigaciones.

Velasco rompió una lanza a favor de esa protección de los derechos individuales, ya que durante mucho tiempo no se habían protegido, pero reconoce que ahora las cosas se han vuelto mucho más difíciles para los investigadores e instructores.

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