EFE
En Ceuta, el niqab es una prenda cuyo uso se puede ver y los colegios ofrecen en sus comedores menú halal, una realidad cotidiana que la Comisión Islámica de España (CIE) ha defendido ante las "recientes iniciativas parlamentarias orientadas a prohibir el uso" de esta prenda y "a limitar" estos alimentos a los escolares.
A través de un comunicado oficial, la Comisión Islámica de España, con delegación en Ceuta, sostiene que "el uso del burka es inexistente en nuestro país y el del niqab es estadísticamente ínfimo", por lo que, a su juicio, "no constituye un problema estructural de convivencia ni de seguridad pública que justifique una restricción general de derechos".
Según explica esta representación de los musulmanes ante el Estado, el centro del debate no debe ser la "naturaleza teológica de una práctica minoritaria", sino determinar si "es razonable prohibir una expresión individual que no genera perjuicio objetivo al orden público ni a terceros".
En este sentido, la Comisión Islámica de España recuerda que en nuestra sociedad existen "prendas comunes como bufandas o pasamontañas" y se ha dado un "uso extendido de la mascarilla".
Además, esta agrupación nacional de comunidades islámicas enfatiza que la defensa de la dignidad femenina no puede basarse en "medidas que puedan derivar en estigmatización o exclusión", manifestando su oposición a "cualquier forma de coacción, ya sea para imponer o para prohibir una determinada forma de vestir".
Para la Comisión Islámica de España, "la libertad exige coherencia y respeto a la elección individual".
En cuanto a los comedores escolares, la Comisión Islámica de España señala que la Ley 26/1992 y el Real Decreto 315/2025 reconocen el "derecho de los alumnos musulmanes a recibir alimentación acorde a sus convicciones religiosas".
Esta organización con delegación en Ceuta, donde el menú escolar es halal, defiende que estas opciones son una "manifestación razonable del pluralismo democrático" y que su existencia "no constituye privilegio alguno", puesto que "no imponen prácticas a terceros ni alteran el funcionamiento general del servicio público".
Por último, la Comisión Islámica de España invoca el marco constitucional, subrayando que la libertad religiosa recogida en el artículo 16 de la Carta Magna protege tanto la "convicción interna como su manifestación externa".
Asimismo, esta entidad recuerda que, bajo el artículo 9.2, el Estado debe garantizar que los derechos fundamentales sean "reales y efectivos", ya que "la neutralidad del Estado aconfesional implica respeto y cooperación, no restricción preventiva de derechos".
La Comisión Islámica de España concluye reafirmando su "compromiso con el marco constitucional de convivencia, la igualdad ante la ley y la cooperación institucional", mostrando su disposición al "diálogo constructivo para garantizar soluciones proporcionadas y respetuosas con el ordenamiento jurídico".
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