El titular del Juzgado de lo Penal número 2 de Ceuta ha condenado a los llamados I.M.A. apodado ‘Laika’ y A.A.L., alias ‘Colombo’, por un delito de violencia de género y otro de amenazas (según el caso) que ambos han reconocido. Esto ha derivado en una conformidad evitándose la celebración del juicio señalado para este lunes.
Los hechos abordados en este procedimiento se produjeron en octubre de 2021 y fechas posteriores cuando ‘Colombo’ mantuvo una discusión con quien era su pareja cuando se encontraban en una vivienda ubicada en Benzú.
En esa discusión, queda probado que ‘Colombo’ le dio una bofetada a la fémina a la vez que le profería expresiones con las que menospreciaba claramente su condición de mujer denigrándola.
Poco después de estos hechos, cuando ambos estaban en el coche de un tercero, ante la negativa de la joven a bajar del vehículo le golpeó dándole guantazos en la cabeza y rostro.
En otro episodio violento más, estando el llamado ‘Laika’ discutiendo con ‘Colombo’ en un domicilio, al entrar la joven ‘Laika’ le apuntó con un arma de fuego a la cabeza amenazándole con las frases: “Esto es por tu culpa, lo quieres quitar de la calle, no le dejas salir”. Dirigiéndose a ‘Colombo’ le indicó: “Dime que le doy y le doy”. Luego retiró el arma por lo que se le condena por delito de amenaza leve.
A los pocos minutos de este episodio violento, ‘Colombo’, con ánimo de atentar contra la integridad de la fémina, le apuntó con un arma de fuego en la cabeza ordenándole que se fuera porque “si no, cualquier día te voy a dar un mal golpe y te voy a matar. Hasta que no te mate no te vas a quedar tranquila”, se recoge en los hechos dados como probados.
La mujer sufrió lesiones consistentes en hematomas en extremidades inferiores y a los pocos días tuvo que abandonar el hogar ya que ‘Colombo’ empezó a llamarle de manera insistente llegando a recibir hasta 70 llamadas con número oculto. Además acudía a su casa enviándole mensajes denigrantes y recordándole que “tú eres mi mujer, contigo hago lo que quiera, eres mía”.
Se considera que todos estos hechos no son aislados, que fueron habituales durante el tiempo que duró la convivencia, anulándola como persona y menospreciándola.
La conformidad acordada entre las partes este lunes fija las siguientes penas. En el caso de ‘Colombo’ se le condena por delito de maltrato en ámbitos familiares a 7 meses y 15 días de prisión, 2 años sin arma y 1 año 7 meses y 15 días de alejamiento respecto de la joven.
Por un delito de lesiones en el ámbito familiar se le condena a 6 meses de prisión, dos años sin posesión sin arma y 1 año y 6 meses alejamiento.
Por delito de amenaza grave se le impone 6 meses de prisión y 1 año y 6 meses de alejamiento. Por otro delito de maltrato habitual se la condena a 6 meses prisión, a 3 años sin arma y 1 año y 6 meses alejamiento.
En el caso de ‘Laika’ se le condena a 3 meses de multa a 4 euros como cuota diaria por un delito de amenaza leve.
En estos dos casos ambos acusados, ahora ya condenados, están en prisión por otros hechos, por lo que fueron trasladados por la Policía Nacional esposados. En el caso de ‘Colombo’ además de una condena que debe cumplir está en preventiva por los disparos que terminaron con la vida del cabo de Regulares, Dris Amar.
‘Laika’, por su parte, cumple condena dictada por la Audiencia por una agresión sexual y además tiene otras causas pendientes.
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