Un Juzgado de Primera Instancia de Madrid ha condenado a una entidad bancaria a devolver con intereses el dinero que puso uno de los clientes de la promoción inmobiliaria frustrada hace diez años en Huerta Téllez bajo el nombre de ‘Edificio Puerta Elvira’ al entender que la entidad financiera debe responder como responsable civil solidario ante las personas, casi 30, que se embarcaron en la compra sobre plano de pisos que promovió la empresa ‘GRAMACET’.
Uno de los antiguos socios de la promotora se ha congratulado en declaraciones a este periódico por la resolución judicial, que espera se haga extensiva al resto de afectados a través de un procedimiento de mediación iniciado, incluso sin la necesidad de que cada uno de los clientes restantes formule la correspondiente demanda. A tal efecto, los bufetes que han dirigido la acción procesal exitosa (‘ABOGASUR’ de Granada y ‘Hermosilla 60’ de Madrid) ya están negociando con los servicios jurídicos de la entidad para que se avenga a negociar o allane en las pretensiones de los compradores consumidores, y evite así incurrir en costas y honorarios adicionales.
El próximo 7 de octubre prescribirá la acción para reclamar dichas cantidades entregadas, por lo que desde dichos gabinetes jurídicos se aconseja “realizar las acciones lo antes posible”.
El proyecto de ‘Puerta Elvira’ echó a andar en 2005. Para conseguir el crédito para el suelo puente a promotor de un millón de euros la entidad pidió a los socios de ‘GRAMACET’ un mínimo de 25 precontratos por los que otras tantas personas desembolsaron más de 3.000 euros cada una en cuenta corriente al efecto (reservas) en una sucursal de la entidad financiera en la ciudad.
Los impulsores se hicieron con el solar y presentaron un proyecto que, tras tres rectificaciones exigidas por la Consejería de Fomento de la Ciudad, recibió licencia el 8 de mayo de 2008. Entonces la entidad financiera pidió 30 contratos para conceder el crédito a promotor de 7 millones.
El requisito se cumplió el 7 de julio, pero el estallido de la crisis inmobiliaria “dio al traste con la voluntad colaboradora de la parte bancaria” el 14 de septiembre a través de una misiva del director de una sucursal de Ceuta a los promotores.
Como solución financiera al mencionado proyecto ‘GRAMACET’ fue vendida al Grupo Evemarina, que se hizo cargo del crédito y de las obligaciones con clientes. La agudización de la depresión financiera global provocó la entrada en un concurso voluntario de acreedores que sigue vivo en el Juzgado Mercantil de Ceuta con los cerca de 600.000 euros depositados por los clientes en manos de la entidad.
En diciembre de 2015 una sentencia del Supremo estableció que la banca debería hacerse responsable solidaria ante las personas que hubiesen comprado sobre plano viviendas de construcción fallida si se había incurrido en alguna mala praxis como, en este caso, no exigir la formalización de aval por parte de la parte promotora.
En este caso la Justicia ha condenado a la entidad financiera por “la inobservancia del mandato legal” de exigir a la empresa seguro o avales que garantizasen los depósitos de los clientes, que en los casos de mayor cuantía rozaron los 50.000 euros.
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