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Las claves de la bonificación fija: nuevos requisitos, compensación…

Los 262 euros por trabajador son más beneficiosos que el 50% en las bases de cotización más bajas

Las bonificaciones del 50% en las cuotas empresariales a la Seguridad Social costaron a la Administración General del Estado el año pasado 35,04 millones de euros para 19.688 beneficiarios en Ceuta y Melilla, una media de casi 150 euros al mes por trabajador.

El Ministerio de Trabajo ha decidido cambiar ese porcentaje por una cantidad fija de 262 euros por trabajador con contrato indefinido que preste actividad en la ciudad durante la vigencia de los contratos con varios retoques añadidos que no afectan a los sectores beneficiarios: agricultura, pesca y acuicultura; industria, excepto energía y agua; comercio; turismo; hostelería y resto de servicios, excepto el transporte aéreo de ala fija, construcción de edificios, actividades financieras y de seguros y actividades inmobiliarias.

Nuevos requisitos

Según el análisis de la CECE, para aplicar la bonificación las empresas deberán desarrollar, para cada trabajador con contrato bonificado, acciones formativas relacionadas con su actividad por un tiempo mínimo de duración de 20 horas cada año.

Además, se añaden nuevos requisitos como estar al corriente de pago de Impuestos y Seguridad Social, así como la obligación de mantenimiento del empleo durante 3 años, salvo excepciones. Se añaden también excepciones puntuales, como la contratación de familiares hasta segundo grado, y se establecen limitaciones a la contratación a tiempo parcial, que para beneficiarse no podrá ser inferior al 50% de la jornada a tiempo completo.

Plus de Vinculación

La patronal parte de que el pacto del Plus de Vinculación a la Bonificación a la Seguridad Social establece que su abono “queda expresamente vinculado a la efectividad y mantenimiento de la bonificación en las cuotas a la Seguridad Social que lo justifican” y de que “la desaparición o no aplicación por cualquier causa, de la bonificación empresarial, llevará aparejada la desaparición, reducción o no aplicación a las personas trabajadoras del referido complemento”.

Subvenciones

La nueva bonificación no alcanzará la del 50% en los trabajadores con bases de cotización superiores a 1.668,82 euros. Para complementar esa pérdida el Ministerio de Trabajo ha creado una compensación “excepcional” (porque queda condicionada a la disponibilidad presupuestaria de cada ejercicio) y ”temporal” (hasta 2026) a modo de subvención.

A año vencido y una vez calculada esa diferencia se tendrá que solicitar el importe de la diferencia como subvención directa a la Dirección General del SEPE en el primer trimestre de cada ejercicio una vez que las empresas hayan presentado los boletines de cotización del mes de diciembre del año anterior.

Lo que dice la Delegación del Gobierno

Tal y como hoy ha detallado en un comunicado la administración central, el nuevo modelo permite la homogeneización de la fórmula del conjunto de bonificaciones, sustituye el tradicional método de porcentaje del 50%, por la determinación de cuantías definidas aplicables a las cotizaciones correspondientes.

A juicio de la Delegación, este nuevo sistema que solo afectará a las nuevas contrataciones no supone una pérdida económica para los empresarios ya que el Gobierno de España les reembolsará todo lo que la cotización exceda de la cuantía fija de 262 euros de bonificación hasta llegar al 50% a través de una subvención.

A las contrataciones efectuadas antes del 1 de septiembre de 2023 no les afecta este nuevo sistema, por lo que mantendrán las bonificaciones del 50% que se vienen aplicando establecidas en la normativa anterior.

“Aquellos empresarios cuyas trabajadoras y trabajadores perciben el salario mínimo interprofesional, y tienen una base de cotización de 1.200 euros mensuales, se deducían con el sistema anterior 179 euros al mes con cargo al Estado. Con el nuevo sistema, van a recibir casi 83 euros mensuales más, es decir 991 euros anuales más al año”, explica Delegación.

Por otro lado, los empresarios que cuenten con personas trabajadoras con una cotización igual o superior a los 1.800 euros al mes, con la nueva norma, van a recibir del Estado a modo de subvención todo lo que exceda de 262 euros hasta llegar al 50%.

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