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La Ciudad regulará el sistema de gestión y auditoría medioambiental

El Reglamento EMAS promoverá la adhesión voluntaria sobre todo de las pymes locales

El Gobierno de Vivas llevará este mes al Pleno una propuesta para aprobar definitivamente el Reglamento relativo a la participación voluntaria de organizaciones en un sistema comunitario de gestión y auditoría medioambientales (EMAS) en Ceuta de acuerdo con las observaciones formuladas por el Consejo de Estado.

En caso afirmativo dicho acuerdo será trasladado al Ministerio para la Transición Ecológica, a la Cámara de Comercio y a la Confederación de Empresarios para fomentar la adhesión sobre todo de las pymes locales.

De la aprobación de la norma se beneficiaran, según el Ejecutivo local, “aquellas organizaciones que, cumpliendo todos los requisitos, se inscriban voluntariamente en dicho sistema, lo que conllevará ventajas ya que el hecho de estarlo supondrá que todos sus procesos han sido verificados cumpliendo con lo previsto en la legislación aplicable”.

El plazo para aceptar o denegar la inscripción será de seis meses desde la solicitud

El EMAS es un sistema voluntario de gestión ambiental regulado por un Reglamento de la Unión Europea. Es una herramienta disponible para cualquier organización que opere en algún sector económico de la Unión Europea o fuera de la misma y que quiera “asumir una responsabilidad ambiental y económica, mejorar su comportamiento ambiental y comunicar sus resultados ambientales a la sociedad y a las partes interesadas en general”.

Las organizaciones que tengan al menos un centro ubicado en el territorio de la ciudad de Ceuta podrán solicitar su inscripción en el Registro EMAS siempre y cuando realicen un análisis y una auditoría medioambiental a fondo bajo la supervisión de un verificador acreditado o autorizado que validará también la declaración consecuente.

Las claves

Vigencia

  • Inscripción. En caso de resolución favorable a la inscripción de una organización en el Registro EMAS de Ceuta, el organismo competente asignará a la organización el número de registro correspondiente y pondrá en conocimiento de la dirección de la organización su inscripción en el registro, con indicación del número asignado. La vigencia será de 3 años.

Ámbito

  • Voluntario. El Reglamento se aplicará a todas las organizaciones de cualquier sector que realicen su actividad, total o parcialmente, en el ámbito territorial caballa, y se proponga mejorar su comportamiento medioambiental global mediante su adhesión voluntaria al sistema comunitario de gestión y auditorías medioambientales del Reglamento EMAS.

Órgano

  • Medio Ambiente. La Consejería competente en materia de medio ambiente gestionará el Registro EMAS, que será público a través de Internet.

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