La Consejería de Sanidad, Consumo y Gobernación ha precisado este jueves, ante las dudas que se habían suscitado en el sector, que "los bares, cafeterías y otros establecimientos dedicados a la hostelería están exentos de solicitar datos personales a sus clientes". Se refieren con ello a información como, por ejemplo el nombre y teléfono de contacto de quienes acudan al lugar. Advierten además que esta iniciativa, que aparecía incluida en el decreto del pasado 18 de enero (por el que se aprueban las nuevas medidas sanitarias para frenar la propagación de la COVID-19) tan solo es aplicable a los restaurantes y no a estos otros establecimientos. Sin embargo, se han dado ocasiones en las que algunos de estos negocios habían solicitado de manera ilegal, según lo que ahora especifica el Gobierno de Ceuta, este tipo de información a los asistentes. Y lo argumentan basándose en el último decreto publicado el pasado viernes firmado por el entonces consejero de Sanidad, Javier Guerrero. Una situación que, desde luego, es totalmente ilícita, porque no solamente ese decreto no solicita estos datos para la hostelería sino únicamente para la restauración.
Lo que se cita en el decreto actualmente en vigor de la Consejería es, literalmente, que "el propietario o responsable del establecimiento de restauración deberá custodiar un registro de comensales, durante un plazo mínimo de 14 días, con nombre y apellidos y teléfono de contacto, a efectos de garantizar la trazabilidad epidemiológica por las autoridades sanitarias para la localización de contactos ante un posible caso positivo a COVID-19".
Los propietarios de estos establecimientos hosteleros no solamente estaban incumpliendo gravemente el decreto de la Ciudad Autónoma, sino también la Ley de Protección de Datos. Además, se entregan esos papeles para que se pongan los datos del clientes sin hacer ninguna advertencia de las razones por lo cual lo solicitan ni en qué texto legal se apoyan.
Eso sería dejar a la KGB soviética en mantillas.